Pietro, no residente presenta autoliquidación ISD ante la AEAT. En el cuaderno particional, se inventarió 1 inmueble de Madrid con un valor según tasación judicial de 316.000€. En su autoliquidación, puso la valoración publicada para ese inmueble por la WEB de la Comunidad de Madrid.
Liquidación en el Impuesto de Sucesiones de la nuda propiedad heredada del nudo propietario estando vivo el usufructuario y cómo se reúnen nuda propiedad y usufructo en ese "segundo" nudo propietario al fallecer el usufructuario. Un trabalenguas.
Voy a poner un ejemplo de un caso real para que se vea la incidencia que podría tener esto del Valor de Referencia del Catastro a efectos de varios tributos: IRPF, IRNR, ITPAJD, ISD y PLUSVALIA.
El pariente colateral que recibe mortis causa la vivienda habitual del causante puede beneficiarse de una reducción del 95% de su valor si cumple una serie de requisitos como el de tener 65 años cumplidos y haber convivido los dos años previos al fallecimiento. El ahorro puede ser muy considerable.
Donación de nuda propiedad de un inmueble privativo a hijo con reserva de usufructo vitalicio para sí y para su cónyuge.
Tributación en el ISD de unos y otros en distintas etapas, en particular conforme vayan sucediéndose las defunciones de los mismos.
Disolución de comunidad de los bienes procedente de las herencias de los padres. Para la Administración y también par algunos tribunales, se trata de dos comunidades de bienes que hay que extinguir separadamente, y cumpliendo unos requisitos, para evitar que se tribute por TPO.
Viuda y tres hijos, quieren extinguir el condominio de un piso que han recibido por liquidación de gananciales y herencia del esposo-padre. Plantean 3 alternativas de adjudicación y quieren saber qué impuestos pagarían en cada una de ellas.
¿Cómo tributa la consolidación del dominio por fallecimiento del usufructuario, cuando los nudo propietarios aportaron lo recibido por herencia a una Sociedad, que es ahora la nudo propietaria?
3 hermanos que tienen en proindiviso dos inmuebles (local y vivienda) por herencia, quieren extinguirlo adjudicándo la vivienda a uno de ellos que pagará a los demás. El local seguirá en proindiviso. Por la vivienda disfrutaron de reducción del 95% en el ISD. ¿Lo pierden?
&Nbsp;Ej. Doña María, hereda de su difunto esposo, Don Pedro, el tercio de libre disposición, además de la cuota vidual usufructuaria. Teniendo ésta, a fecha de fallecimiento de Don Pedro, 64 años. El valor de los bienes de la herencia es de 250.
Ejemplo: Fallece un Señor que residía en la Comunidad Valenciana. Tiene por único heredero un hijo de 27 años, no residente en España sino en los Estados Unidos. Le deja 60.