Acceder
Blog Fiscalidad Patrimonial
Blog Fiscalidad Patrimonial

Blog Fiscalidad Patrimonial

Fiscalidad y finanzas personales.
132 suscriptores
El criterio NO VINCULANTE del TEAR de Madrid, basado en una Sentencia del Tribunal Supremo -referida al ITP- es que la aportación de un bien inmueble privativo a la sociedad ganancial no produce alteración patrimonial. El bien no "cambia de manos".
Incidencia del valor de referencia en varios tributos
Voy a poner un ejemplo de un caso real para que se vea la incidencia que podría tener esto del Valor de Referencia del Catastro a efectos de varios tributos: IRPF, IRNR, ITPAJD, ISD y PLUSVALIA.
Extinción de condominio sobre un bien procedente de dos herencias
Varios hermanos tienen en comunidad diversos inmuebles procedentes de las herencias de sus padres. Quieren extinguir el condominio sobre un bien, y mantener la cotitularidad sobre el resto de bienes. ¿Qué impuestos tienen que pagar? Distinto criterio Dirección General Tributos y Tribunal Supremo.
Extinción de condominio de vivienda heredada entre cónyuge viudo e hijos posterior a la herencia.
Viuda y tres hijos, quieren extinguir el condominio de un piso que han recibido por liquidación de gananciales y herencia del esposo-padre. Plantean 3 alternativas de adjudicación y quieren saber qué impuestos pagarían en cada una de ellas.
Extinción de proindiviso sólo de un bien adquirido por herencia
3 hermanos que tienen en proindiviso dos inmuebles (local y vivienda) por herencia, quieren extinguirlo adjudicándo la vivienda a uno de ellos que pagará a los demás. El local seguirá en proindiviso. Por la vivienda disfrutaron de reducción del 95% en el ISD. ¿Lo pierden?
Repaso extinción condominio dos viviendas adjudicadas una a cada uno
Repaso, de la tributación en ITP, Plusvalía e IRPF de la disolución de comunidad constituida por dos inmuebles de distinto valor del que son titulares dos personas al 50%; se adjudica un inmueble cada uno. El que recibe el bien de más valor compensa al otro en dinero por la diferencia. DGT 05/06/20.
Tributación de local alquilado del causante desde que muere hasta que se acepta su herencia
Cuando quien fallece tenía un local alquilado, y sigue en alquiler tras su muerte; ¿Quién tiene que tributar por el arrendamiento desde entonces? ¿Qué pasa con el IVA? ¿Y si los herederos tardan un tiempo en aceptar la herencia? ¿Y si el local era ganancial?
Fallecimiento dentro del plazo para tener derecho a la exención por reinversión
¿Qué pasa con la exención por reinversión en vivienda habitual si incumples el plazo de los dos años por fallecimiento?
Ya está disponible el simulador IRPF del ejercicio 2010.   Pincha en el enlace
Aporta lo que puedas a un plan de pensiones o sistema de previsión social. La aportación tiene como límite la menor de 10.000 Euros (12.
Rankiano desde hace casi 18 años

Experto en fiscalidad patrimonial y derecho de sucesiones.


Se habla sobre:
  • Donación
  • Extinción de condominio
  • fiscalidad
  • Herencia
  • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)
  • Impuestos
  • IRPF
  • Plusvalía municipal
  • usufructo
Sitios que sigo