En los últimos días he recibido tres sentencias más que anulan hipotecas multidivisa de Bankinter: una nueva sentencia del Juzgado especializado en cláusulas abusivas de Oviedo y dos sentencias de la Audiencia Provincial de Asturias que confirman las que previamente había dictado aquél. Estas...
Nueva sentencia del Juzgado especializado en cláusulas abusivas de Oviedo, de 22 de enero de 2021, que anula el clausulado multidivisa de un préstamo de Bankinter e impone las costas. Tiene la particularidad de que el préstamo estaba cancelado por lo que condena a devolver el exceso pagado, 28.000€
Las Audiencias Provinciales de Asturias y de Cantabria adoptaron acuerdos de unificación de criterios en los que decidieron que van a desestimar las demandas en que se reclame la anulación de las compras de acciones del Banco Popular y/o la indemnización de las pérdidas sufridas.
La alteración de la contabilidad del Banco Popular no se produjo de cara a la ampliación de capital de 2016, sino que viene del origen de la crisis económica: ya en el año 2008 había más de 2.000 millones de deterioros no contabilizados, según el informe del Banco de España.
Seguimos con la defensa de quienes tenían acciones y otros productos de capital del Banco Popular y antes del Banco Pastor; en otras entradas anteriores del blog ya di cuenta de algunos casos ganados de acciones en los Juzgados y en la Audiencia Provincial y de obligaciones subordinadas.
La sentencia del TJUE de 3 de octubre de 2019 resuelve cuatro cuestiones planteadas por un tribunal polaco a propósito de una hipoteca referenciada en una divisa extranjera de forma que su planteamiento y respuestas tienen interés en varios sentidos para la defensa de consumidores y usuarios.
El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia de fecha 27 de junio de 2019 en que resuelve un recurso de casación relativo a la pretensión de anular una compra de acciones de Bankia realizada no en la oferta pública de suscripción sino en la Bolsa.
Este mes de abril se ha conocido por fin el informe que dos técnicos del Banco de España elaboraron a petición del Juzgado Central de Instrucción nº 4 sobre la veracidad o no de las cuentas del Banco Popular Español.
La Audiencia Provincial y los Juzgados de Asturias (y de casi toda España) están estimando sentencias que obligan a las financieras a devolver lo que los clientes han pagado de más.
La Sección 5ª de la Audiencia Provincial de Asturias ha dictado la sentencia de 3 de octubre de 2018 que confirma la sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 8 de Oviedo de 2 de mayo de 2018 que anuló una compra de acciones del Banco Popular en la ampliación de capital de 2016.
A finales de 2011 Banco Mare Nostrum (BMN) realizó una emisión de bonos convertibles en acciones, con un nominal de 150.000 € por bono. Como en el caso de las demás cajas de ahorros y bancos que emitieron participaciones preferentes, obligaciones subordinadas y bonos convertibles, la razón era que la entidad debía mejorar sus ratios de capitalización y solvencia.
El Juzgado de 1ª Instancia de Cangas de Onís ha dictado sentencia de 5 de julio de 2018 por la que anula la compra de obligaciones subordinadas por un matrimonio; es la tercera sentencia que obtengo sobre este producto del Banco Popular, tras la de 5 de diciembre de 2017 y la de 23 de febrero de 2018, ambas del Juzgado de 1ª Instancia nº 11 de Oviedo.
El Juzgado de 1ª Instancia nº 11 de Oviedo ha dictado la primera sentencia, de fecha 23 de marzo de 2018, acordando la nulidad de cuatro compras de acciones del Banco Popular Español: una compra realizada en junio de 2016, en el marco de la ampliación de capital que se produjo en esas fechas; y otras tres realizadas por la misma persona entre octubre y noviembre de 2016.
Una duda que plantean recurrentemente los afectados por diferentes productos financieros o por cláusulas abusivas o no transparentes (y también por cualquier otro tipo de problema con diferentes sociedades) es el plazo que tienen para reclamar; es una cuestión compleja que mucho profesionales de la justicia no tienen claro.
El pasado mes de diciembre informaba de que había obtenido la primera sentencia que anulaba la compra de obligaciones subordinadas del Banco Popular, estimando una demanda presentada tras la intervención de dicho Banco que dio lugar a la pérdida de las cantidades invertidas en acciones y en estas obligaciones subordinadas.