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Participaciones del usuario Cachilipox - Empresas

Cachilipox 31/10/24 12:39
Ha respondido al tema Baja maternal siendo artista
En la baja por maternidad (o cualquier otra baja IT o cosa asimilada), estás de "baja laboral", ante la TGSS, pero no de "baja empresarial o profesional" ante la AEAT.O sea dejas de ser "trabajadora", pero no "empresaria" a efectos de compras y ventas.El asunto está en que incluso realizar una venta de bienes previamente elaborados, "hay que hacerla". Las cosas no se venden solas. Y eso de ser y hacer de vendedor es también un trabajo.Por lo tanto, es casuístico. Algunas ventas que implicasen una actividad entre ínfima y nula por tu parte, por supuesto que podrías hacerlas. Otras ventas que fuesen realizadas (lo que es la labor comercial) por terceros (un trabajador, otro autónomo familiar colaborador, un tercero empresario o profesional contratista, una web market-place,...), dado que no implicarían actividad "laboral" por tu parte, no habría problema en que "empresarialmente" se realizasen.Tal y como comentas, lo que en principio no te estaría permitido es simultanear la baja maternidad con la elaboración de nueva obra y diseños.Al menos, durante las 6 primeras semanas de suspensión plena. El resto de la baja por maternidad, como puedes solicitarla a 1/2 jornada, ya te permitirían simultanear la actividad económica "normal" con la criatura y la prestación.
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Cachilipox 23/10/24 20:34
Ha respondido al tema ¿Cómo corrijo modelo 130 ya presentado con resultado a mi favor?
No se si sería aconsejable.Por poder, podrías pedir una anulación del modelo presentado en fecha, y presentar un nuevo modelo 130 fuera de plazo.Esa segunda presentación llevaría la sanción por extemporánea. Pero así evitarías el perjuicio del primer modelo 130.Eso sí, este segundo modelo 130 fuera de plazo, no podrías solicitar aplazamiento.
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Cachilipox 23/10/24 16:47
Ha respondido al tema ¿Cómo corrijo modelo 130 ya presentado con resultado a mi favor?
Vale.Entonces lo que tenemos es Modelo 130 PRESENTADO.Eso va a misa, que se decía antes.Una vez que pones lo de APLAZAR DEUDA, tienes que realizar otro trámite, que es la solicitud de aplazamiento y calendario de pago.Si ni haces la solicitud, o la cosa no tiene fundamento, te denegarán el aplazamiento, y te darán unos días (pocos) para pagar todo de golpe.Si te aprueban la solicitud de aplazamiento, tendrás que pagar la deuda en los términos que te digan.Como el modelo 130 en sí ya quedo presentado, ya no van a aceptar que lo modifiques.Es más, esas posibles modificaciones ya serían extemporáneas, y podrían sancionarte por presentación fuera de plazo.
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Cachilipox 22/10/24 18:11
Ha respondido al tema ¿Cómo corrijo modelo 130 ya presentado con resultado a mi favor?
El modelo 130 del pagos a cuenta del IRPF exige pagar un determinado % mínimo obligatorio, pero permite "voluntariamente" pagar una cantidad superior.Dado que tu pago del 130 3T ha resultado superior "por error material", pero resulta indistinguible de un supuesto "pago voluntario superior", dudo mucho que hacienda aceptase retornar ninguna cantidad.Es más, al ser un modelo recapitulativo "provisional", ese error por exceso del 3T tú mismo lo puedes regularizar (compensar) al presentar dentro de 3 meses el 4T. Incluso en caso de ausencia de cuota para poder compensar el 4T, podrás autoregularizar en la declaración anual del año que viene.El único mecanismo legal que se me ocurre para forzar a hacienda a realizar una devolución de ingresos indebidos por el 130, sería presentar un nuevo 130 esta vez "correcto", y ya entonces hacer la solicitud de devolución de lo pagado en el modelo erróneo.Claro que eso implica aun una mayor tensión de tesorería, y puede tardar aun más tiempo que simplemente regularizar el 4T.
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Cachilipox 16/10/24 18:22
Ha respondido al tema Modelo 130 IRPF - Autónomos
A.- Depende de lo que hayas señalado en el momento del alta censalB.- Lo que permite no presentar el modelo 130 es tener al menos el 70 % de las rentas de actividades económicas sujetas a retención. Ese es el supuesto de las actividades "profesionales", sección 2ª IAE, pero también de las "artísticas" desarrolladas por cuenta propia, sección 3ª IAE.En resumen, hace falta cumplir el criterio A y el B de forma simultanea.
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Cachilipox 12/10/24 11:40
Ha respondido al tema Rellenar el modelo 303 online. - Local Comercial
Según tus numeros:Base imponible: 425,00 €Retención IRPF 19 % s/425: - 80,75 €IVA 21 % s/425 : 89,25 €Neto a cobrar: 433,50 €Por tanto, a declarar en el Modelo 303BASES IMPONIBLES 425 x 3 = 1.275,00 €Cuotas IVA 89,25 x 3 = 267,75 €JAMÁS DE LOS JAMASES en el IVA se declara sobre los netos pagados-recibidos, tras el suma-resta de IVA e IRPF.Si lo han hecho así, es que son negligentes e ignorantes del todo.
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Cachilipox 27/09/24 20:04
Ha respondido al tema Rellenar el modelo 303 online. - Local Comercial
Solo tienes que actualizar los datos de la plantilla en base a la nueva renta.Para este 3T2024, debes tener en cuenta que julio fue de 450,00 €, y agosto + septiembre de 465.30 €450 + 465,30 + 465,30 = 1.380,60 €Esa cifra la debes poner en la casilla de la base imponible de la fila donde sale el IVA 21 %, y el formulario de hacienda ya te da directamente el IVA devengado.Si no tienes IVA deducible, eso es lo que debes presentar y pagar.Para el 4T 2024, y trimestres siguientes, la base imponible del trimestre será 465,30 x 3 = 1.395,90 €Nota: En el IVA, solo se cuenta lo del IVA. Lo que haya de retención IRPF aquí no pinta nada.
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Cachilipox 11/09/24 17:58
Ha respondido al tema Donaciones - Asesoría
Incluso aunque no existiera titularidad compartida.Para que exista el negocio jurídico donación la jurisprudencia ha establecido muy claramente que entre otros aspectos debe haber un "empobrecimiento en el donante" en correlato con un "enriquecimiento en el donatario".O sea, lo sustancial no es que un dinero (o cosa) pase de una a otra persona, sino que ese traspaso de dinero (o cosa) implique el empobrecimiento en el que da, y un enriquecimiento de igual magnitud en el que recibe.La mera administración de fondos dinerarios para sufragar determinados gastos, no tiene esos signos.Por ejemplo, si yo tengo una "deuda implícita" en la factura de la luz, que va a nombre de mi pareja, y está domiciliada en una cuenta de mi pareja, si yo aporto un dinero no me empobrezco (dejo de tener un dinero, pero dejo de tener una deuda, así que me quedo igual), ni mi pareja se enriquece (recibe un dinero, pero lo destina a cancelar una deuda de una factura, así que se queda igual).
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Cachilipox 20/08/24 21:43
Ha respondido al tema Revisiones de modulos
Suena como extraño, pues eso de los módulos se basa en una serie de parámetros muy objetivos. Pocos, lo normal de 3 a 5 solamente.Cosas como personas en la actividad, m2, kWh, mesas,....O sea, hay tanto o no hay tanto. Es algo muy mecánico y objetivo. Y de ahí, salen unos rendimientos supuestos, de los que se derivan unos impuestos concretos.Sin más detalle, poco podría decir. ¿Qué actividad es? ¿Cuáles son las magnitudes que hacienda ha revisado?
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