No. Veo que no entiendes o entiendes mal el funcionamiento de los planes de pensiones. Como te he puesto arriba, "el dinero que saques, llámalas de 2008 o 2024, tributa íntegramente como rendimientos del trabajo". Las plusvalías o minusvalías que tengan son totalmente irrelevantes. No computa ni tributa por plusvalías, sino por el importe total que rescates, tenga o no plusvalías o minusvalías. Repito: tributa íntegramente como rendimientos del trabajo.
Ahí ya te da igual, no hay diferencia. La única diferencia relevante es entre anteriores y posteriores a 01/01/2007. ¿Por qué? Porque las primeras tienen una reducción fiscal del 40% (si cumplen las condiciones) y las segundas no (nunca). Lo mismo da; el dinero que saques, llámalas de 2008 o 2024, tributa íntegramente como rendimientos del trabajo.
Pues sí. Un gestor de renta fija, si es serio y profesional, puede y debe calcularla. Y luego ya solo es cuestión de simplemente calcular la media ponderada de la cartera para informar de la duración modificada del fondo.Por ejemplo, el Candriam Bonds Euro Long Term:
Pues basta con leerlo.Cito del texto que ha reproducido arriba @cedro
.Por dos veces lo dice. Al principio del todo: Artículo 10 bis. Antigüedad de las aportaciones en caso de cobro o movilización parcial de derechos consolidados.Cuando se realicen cobros parciales de derechos consolidados por contingencias o por los supuestos excepcionales de liquidez o disposición anticipada regulados en el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, y en este reglamento, o cuando se efectúen movilizaciones parciales de los citados derechos, la solicitud del partícipe deberá indicar si los derechos consolidados que desea percibir o movilizar corresponden a aportaciones anteriores o posteriores a 1 de enero de 2007, si las hubiera.[resaltado mío]Y luego otra vez: Artículo 50. Movilización de derechos en un plan individual. En caso de movilización parcial de derechos consolidados, la solicitud del partícipe deberá incluir indicación referente a si los derechos consolidados que desea movilizar corresponden a aportaciones anteriores o posteriores a 1 de enero de 2007, si las hubiera [resaltado mío]
les he preguntado si podía decidir qué participaciones salían (las más antiguas o las más nuevas) y me dicen que No Pues es incorrecto. La respuesta es SÍ.Remíteles al Real Decreto que reproduce arriba el compañero @cedro
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No estaba poniendo en duda nada ... ... pero ahora veo que si lo hace.Te repito la respuesta que te di a tu mensaje de ayer: El switch me funcionó en este caso (traspaso de la versión sin cubrir a la versión cubierta).que dices no haber puesto en duda ... "pero ahora veo que sí" [tras ponerte los pantallazos].
En un switch (como en los casos que comenté, tanto de Vanguard como de Fidelity)[docetrece] en Fidelity no ha funcionado nunca[e.t82]No sé si estás poniendo en duda lo que digo.
En un traspaso normal, la salida del fondo origen se hace con valor liquidativo de un día y la entrada en el fondo destino se hace con valor liquidativo de unos días después. Entre tanto el dinero está en un "limbo", por así decir, ni invertido en un fondo ni invertido en el otro (o, como dicen a menudo por aquí, estás "fuera de mercado").En un switch (como en los casos que comenté, tanto de Vanguard como de Fidelity), la salida del fondo origen y la entrada en el fondo destino se hacen en el mismo día. Es automático (una operación interna en la gestora), de modo que en ningún momento estuve "fuera de mercado".El hacer o no switch es potestad de la gestora (no confundir con la comercializadora). Tú no puedes elegirlo ni forzarlo; simplemente cursas la orden de traspaso como otra cualquiera y se te ejecuta o no como switch dependiendo de los fondos y de lo que tenga establecido la gestora.Nota: el switch (cuando proceda) solamente es aplicable a los traspasos internos dentro de una misma comercializadora.