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Participaciones del usuario Enasua - Fiscalidad

Enasua 03/01/25 14:07
Ha respondido al tema Estado Tramitación Renta 2023
No, no está. Pero es que, con esos ingresos, daría igual, no entiendo el requerimiento. Porque no tiene eficacia en tu caso, no hay base. O has aplicado luego una deducción que no se ve en la hoja que has adjuntado, o el padre sí tiene ingresos, y es a él a quien le va a afectar, o el ascendiente que has incluido tiene sus propios ingresos.
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Enasua 03/01/25 13:11
Ha respondido al tema Estado Tramitación Renta 2023
Sí, el tipo de tributación es correcto: uno individual y, el otro, conjunta. Pero, el que hace conjunta, no tiene derecho a aplicar la reducción por tributación conjunta, que es un importe de 2.150 euros que aparece antes de los mínimos personales y familiares. Asegúrate de no haberla puesto porque, si vives con el padre, no se puede aplicar.
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Enasua 03/01/25 12:34
Ha respondido al tema Estado Tramitación Renta 2023
Ah! ¿Que no te han dado la carta en la oficina? Pues aprovecha para comprobar si tienes algo mal y, si es así, haz complementaria y te ahorras la sanción.Que no se haya revisado tú declaración otros años no quiere decir que esté necesariamente bien: mira a ver si, alguno de los dos (la madre o tú) ha hecho declaración conjunta con el niño y, en ese caso, si ha aplicado (improcedentemente) la reducción por tributación conjunta.
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Enasua 03/01/25 11:46
Ha respondido al tema Estado Tramitación Renta 2023
Eso es que tenéis mal puestos a los hijos. Asegúrate de que no te piden nada más.¿El otro progenitor y tú vivís juntos y alguno se ha aplicado la reducción por tributación conjunta? ¿Estáis separados y el que no tiene la custodia ha aplicado el mínimo por los niños? ¿Sólo tributa uno y se ha aplicado el total?
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Enasua 02/01/25 16:38
Ha respondido al tema Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda
Entonces es eso: está tramitada, y no tramitando, porque se trabajó sobre ella, se hizo un procedimiento de rectificación (que no una declaración rectificativa) que se resolvió sin acuerdo.Por otro lado, esa sentencia se refiere a un caso muy concreto; al contrario que con la sentencia que decía que la familia numerosa se puede justificar sin tener el título, cosa que la AEAT ha aplicado desde ese momento, ésta no ha llevado a considerar que todos los casos de discapacidad puedan justificarse sin certificado: no es una sentencia que pueda extenderse a otros casos. La AEAT sigue exigiendo certificado de discapacidad de la CCAA para justificar el mínimo y las deducciones.
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Enasua 02/01/25 15:55
Ha respondido al tema Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda
Todo tiene sentido, excepto la del 20, q e dices que consta tramitada y salió a pagar. ¿Igual le hicieron algún requerimiento ese año? ¿O hizo complementaria? No sé... ¿Tiene esa declaración algo especial? ¿Una venta, una subvención...?
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Enasua 02/01/25 12:25
Ha respondido al tema Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda
Las que ponen "se está tramitando", probablemente le salieron, en su día, a pagar. La AEAT no las comprobó y, en consecuencia, todavía aparecen como que están "en tramitación", y así se quedarán, aunque, como el 2018, vayan prescribiendo. Sólo aparecen "tramitadas" las declaraciones con resultado a devolver que ya han sido pagadas. Y "finalizadas", aquéllas que han sido objeto de comprobación (quizá realizando un procedimiento de gestión, o quizá sólo revisándolas un funcionario y dándolas por correctas). Esos expedientes se refieren siempre a autoliquidaciones. Las rectificaciones son declaraciones diferentes, con otros números de expediente, y no afectan a la tramitación de las primeras. Por cierto, mi madre, que es maestra del Estado jubilada, tiene pendientes las devoluciones derivadas de la DT2, y yo estoy esperando a que le estimen las rectificaciones (ya sabemos: la del 19 durante la Campaña de Renta del 25, y demás...) para poner un recurso de reposición contra dicha estimación, porque, como sabes, sólo se ha considerado, en este tipo de trabajadores, la exención sobre un porcentaje del complemento a la pensión que les abona MUFACE, pero mi madre posee un documento del año 71 (cuando empezó a trabajar) en el que consta su incorporación OBLIGATORIA a la Mutualidad Nacional de la Enseñanza Primaria, que estuvo en vigor hasta que, en 1979, la absorbió MUFACE. Por tanto, yo considero que, por esas cotizaciones, mi madre tiene derecho a la exención en su pensión de Clases Pasivas. Te lo digo por si es el mismo caso de tu jubilada y ella también posee ese documento justificativo. Ya se le han pasado los plazos para interponer recurso o REA, pero quizá pueda interponer una demanda judicial contra la resolución de su solicitud.
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Enasua 02/01/25 12:05
Ha respondido al tema Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda
El requerimiento es parte del procedimiento de comprobación en el que estás inmerso. Fue el primer documento que te notificaron, por eso te dicen que tienen 6 meses para finalizar el procedimiento desde el día siguiente al de esa notificación. Pero eso no quiere decir que vayan a resolver el último día; quiere decir que, si se pasan de esa fecha, el procedimiento caduca y les toca volver a empezar. Te van a finalizar el procedimiento mucho antes: hoy, mañana o quizás el martes, depende de si está en la oficina el que firma o si está de vacaciones navideñas, porque no les conviene pagar intereses ni permitir que se les caduque el procedimiento, cuando tú ya has admitido que tú declaración estaba mal y has aceptado que, lo que ellos dicen, es lo correcto. Y sí tienes derecho a intereses, igual que cualquier otra persona que reciba el resultado de su declaración después de los 6 conocidos meses, pero sobre la cantidad que te realmente corresponde recibir, y no sobre la que pediste al principio. 
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