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Participaciones del usuario Joaquim - Fondos

Joaquim 11/02/25 15:51
Ha respondido al tema Carteras de fondos de inversión Rankianos para el 2025: análisis, opiniones y consultas
Yo lo tuve muy claro al tratarse de IB. En otras entidades, como la que comentas, lo más seguro es que ssa la propia entidad quien te informe. Por tu pregunta, asumo que su respuesta puede no haber sido clara. En una rapidísima consulta en internet he encontrado este documento Así a correvuela, ya indican que hay valores que pueden estar en Alemania y que la liquidez está en el mismo país, por lo que el 720 sería de aplicación. Tampoco hay que confundir o malinterpretar que una entidad informe a la AT con que ello afecte al 720. Son temas relacionados, pero independientes. La norma del 720 no depende de si la entidad informa o no, sino de la localización de los bienes.Salu2 Edito para modificar el enlace, por la jugarreta habitual al pegar.
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Joaquim 11/02/25 15:24
Ha respondido al tema Carteras de fondos de inversión Rankianos para el 2025: análisis, opiniones y consultas
Olvidaba un detalle. En las cuentas ómnibus los propietarios seguimos siendo nosotros, solo que en registro interno de la entidad con la que trabajamos. De hecho, algún comentario muy equivocado he leído sobre que la AT no tiene conocimiento de lo que podamos tener en cuentas ómnibus o en entidades extranjeras. Esto era o podía ser así hace años, pero actualmente la AT es informada por estas entidades, como puede ser el caso de IB. Otro tema es que está información puede llegar con posterioridad a la campaña del IRPF y así lo advierte la AT (a mí al menos desde hace ya años). Cosas de la globalización.Salu2 
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Joaquim 11/02/25 15:19
Ha respondido al tema Carteras de fondos de inversión Rankianos para el 2025: análisis, opiniones y consultas
El documento 720 es de cumplimentación obligatoria aunque meramente informativo y efectivamente se derogó el draconiano régimen sancionador ante omisiones y/o errores. Era una vergüenza. Los obligados a cumplimentar el 720 son quienes tengan determinados bienes (creo que cuentas, activos financieros o inmuebles) en el extranjero. Quienes poseen acciones extranjeras o fondos de entidades extranjeras en un broker con IBAN español no están afectados, solamente quienes tienen depositados los valores, fondos... en el extranjero (p.ej.: InteractiveBroker). Puedes tener fondos LU o de cualquier otro país, que si están en una entidad nacional, no te afecta.Salu2
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Joaquim 02/02/25 11:51
Ha respondido al tema Carteras de fondos de inversión Rankianos para el 2025: análisis, opiniones y consultas
  lo perfecto es enemigo de lo bueno. Aplicarme esta frase, ha supuesto un interesante giro en mi vida, tanto en inversiones como en otros aspectos. Ser consciente de que la complejidad añadida en busca de esa perfección deseada, además de mutable con el tiempo, no suele estar compensada en cuanto a coste/beneficio, además de suponer a menudo una inacción o demora excesiva en la toma de decisiones.Salu2
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Joaquim 27/01/25 12:57
Ha respondido al tema Carteras de fondos de inversión Rankianos para el 2025: análisis, opiniones y consultas
Cada país tiene sus hábitos. En parte va ligado al asesoramiento financiero profesional independiente, con coste, habitual en los países de tradición anglosajona, lo que conllevaba menores comisiones de gestión, mientras que en España se generaron las nefastas (para los minoristas) clases ES, mucho más caras por la retrocesión exigida por las comercializadoras. Volviendo a la comisión por suscripción, el nunca es un casi nunca, ya que por ejemplo se aplicaba hace años para suscribir el Groupama Avenir Euro. Y también, ya que el soft close no existe en España, proporciona una manera de simularlo,  activando esa comisión temporalmente para disuadir de nuevas aportaciones.Salu2 
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