Cada casa de compra-venta tiene sus propios precios, por ello digo que conviene comparar entre distintas casas de compra-venta de tu zona.He buscado tu barra de oro, y aquí te dejo los precios de compra venta actuales de la barra que expones (en Alemania en éste caso y la casa de compra-venta goldsilvershop.de):Saludos,Valentin
Hacienda sabe que has ingresado ese dinero porque el compra Oro ha tomado tus datos y pasa la operación a Hacienda. A Hacienda solo le interesa que pagues tu tributación por tus ingresos. No le importa si lo has recibido en metálico o en el banco, y no te va a pedir ningún recibo por tu venta realizada. Así lo veo yo, y si estoy equivocado, pues que alguien me corrija...Saludos,Valentin
Pues me alegro por tí.Yo los precios de compra y de venta que he expuesto, los puedes ver aquí y es lo que paga (publica) Gold.de en Alemania.https://www.gold.de/kaufen/goldbarren/1-oz/?load=verkaufspreise#pvcontentPestaañas:Kaufen: ComprarVerkaufen: VenderSolo por aclarar mi mensaje anterior.Saludos,Valentin
No está mal, pero si ha sido buena venta o no, no lo sabemos porque no lo ha comparado con otras ofertas.Actualmente en Alemania y dependiendo del tipo de barra, los precios de venta actuales en éste lugar de compra-venta de oro es la siguiente:Venta de barras de oro de 1 oz a precio actualSiempre es conveniente ir a varios sitios y ver cuanto te ofertan por tu oro, y si no hay mucha diferencia (pues el precio del oro cambia cada varios segundos), pues se vende en cualquier lugar que te venga bien.Saludos,Valentin
creo que esa operación de venta de oro de un particular a una empresa está sujeta al ITPEsa operación está sujeta a declararlo a Hacienda con toda seguridad, a mi no me cabe duda.Luego está el tema de en qué medida la Hacienda estatal va a controlar operaciones por este importe para el IRPFRecuerdo, que a mi me llamaron por no haber declarado una única acción de Bankinter por valor de 8 o 16 Euros. Hace muchos años quien aperturó una cuenta en Bankinter estuvo asociada a que te dieran una acción gratuita (la quisieses o no). Tuve esa cuenta durante muchos años sin operar, y no declaré (me olvidé) de ese título.Me pues me llamaron para contrastar mi declaración de la renta, que por cierto era conjunta con mi mujer, y fuimos los dos sin saber lo que nos esperaba, pues claro en la citación no te dicen el motivo concreto.Con Hacienda prefiero que no me tengan que llamar por ninguna circunstancia. Yo creo que el importe no es la razón por la que te llaman, sino por si estás escondiendo algo más gordo.Luego yo lo declararía seguro. Lo que no sabría decirte es como declararlo, sia) declarar la plusvalía desde la fecha que lo compraste, aunque no tengas el recibo de compra, ob) declarar todo como plusvalía y quitarte de problemas con Hacienda, como indica Pvila. Pero imagino que Hacienda es consciente que la barra de oro no la has adquirido a cero Euros !!!.Habría que pensárselo muy bien, y quizás exponer la consulta a algún asesor fiscal no estaría demás.Saludos,Valentin
Yo creo que lo ideal sería encontrar a un particular que quiera comprar la moneda (que quiera comprar oro de forma anónima y sin recibo). Haces un intercambio de moneda por dinero y evitas (a mi juicio legalmente) tener problemas con el fisco. A ver que nos dice @pvila314
Otro aspecto que me interesaría saber (y si tendría sentido) es si una compra-venta de la moneda ante notario (entre particulares), demostraría el coste de la moneda ante Hacienda. Creo que me estoy liando !!!Saludos,ValentinP.S.: vamos, que seguro que existen cantidad de monedas de los abuelos sin factura, y me parece exagerada su tributación, cuando en Alemania si compras y mantienes el oro 1 año en tu poder, está exento de las plusvalías que puedas obtener (según tengo entendido).
La Hacienda española te va a llamar a que tributes, dado que "aparentemente", no te has dado de baja fiscal mediante el Modelo 030. La "residencia habitual", en la que resides más de 183 días dentro del año natural , en tu caso del 01.01 2020 al 31.12.2020, es lo que te incumbe para saber donde tienes que tributar con respecto a la legislación española. Desconozco la legislación islandesa y como ellos consideran lo que es residencia habitual.Por lo tanto, si tu centro de actividad es Islandia y pasarás más tiempo allí que en España, deberías tributar allí. De lo contrario, pues en España.De todos modos, para éstas cosas, siempre mejor acudir a un asesor fiscal que te recomiende el consulado o embajada, que debería estar más al corriente de los convenios bilaterales entre España e Islandia.Saludos,Valentin
Declararlo se convierte en una obligación, porque además de sanciones que pueden llegar en determinados casos al 30% del dinero que se lleva encima (por lo que he oído en televisión) además de reternerte el dinero. Vamos, que te quedas sin vacaciones familiares, y es un gran trastorno.Lo cierto es que estamos poco informados al respecto. Desconocemos como tramitar la DECLARACIÓN.Podemos obtener los formularios de declaración aquí:https://ec.europa.eu/taxation_customs/individuals/cash-controls/how-declare_enA quien dirigir el formulario, o como tramitar el tema, no lo sé, porque aún no se me ha presentado una situación así.Por cierto, el formulario ESPAÑA no está disponible en el enlace expuesto. Imagino que será posible acceder al mismo desde alguna página web española.Saludos,Valentin