Valentin
10/11/16 19:07
Ha respondido al tema ¿Es legal acumular billetes de 500€ en casa?
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Intentaré responder a tus consultas, sin entrar a valorar tu decisión.
1. Si quieres billetes nuevos, se los pides al director, y será su trabajo el proporcionartelos y decirte las condiciones que debes cumplir. A partír de ahí, esperar que le ofrezcan los billetes nuevos solicitados. En cualquier caso, tu no estas obligado a aceptar los billetes que no consideres nuevos. Es mi opinión.
2. Por sacar dinero del banco, Hacienda no pregunta, y te lo puedes gastar en lo que quieras. Y si te pregunta por la procedencia del dinero "en la cuenta", lo puedes justificar como que procede de una Herencia con la documentación que corresponda. En este instante, el dinero está "dentro del sistema bancario".
Cuando retires el dinero de la cuenta, te lo puedes gastar como quieras y en lo que quieras (Hacienda no te va a preguntar en que te lo gastas, para eso es tuyo), pero el dinero queda "fuera del sistema bancario".
Los problemas te surgirán, cuando pretendas introducir el dinero nuevamente "dentro del sistema bancario", porque "probablemente" el banco esté obligado a comunicar a Hacienda ingresos importantes recurrentes. Haciénda podrá solicitarte su procedencia, y en este caso "probablemente" NO te servirá como justificante de procedencia del dinero tu "justificante de Herencia". La razón que te dirá HAcienda es que podrías haberte gastado el dinero en el casino, y esos billetes podría ser dinero de procedencia ilegal. Y quien tiene que justificar la legalidad de ese dienero eres tú y no Hacienda.
Es por está razón, que considero razonablemente CONVENIENTE hacer lo que el compañero E.delvalle en su mensaje 8, si pretendes gastar ese dinero poco a poco durante muchos años.
Y aunque jamás pretendas ingresar el dinero en el "sistema bancario", existen razones que puede obligarte a ello, como pudiera ser un cambio de billetes viejos a billetes nuevos. Nunca sabemos hasta que fecha podemos utilizar los billetes, y es el Banco Central quien a través de los años y mediante sus actuaciones conducen a veces a no cumplir con sus compromisos anteriores.
3. En principio sí, hasta que llege otro momento en el futuro, en el que decidan otro tipo de actuación por razones de su conveniencia.
Saludos,
Valentin