Con la reforma de este subsidio en 2019 pasó lo mismo, un caos;hay que darles tiempo para que se enteren.Mientras tanto, aventuro denegaciones indebidas por este asunto;reclamación previa.
es por evitar sentencias q digan q Rai y sed son vías de acceso la verdad el párrafo da a entender esExactamente es para eso, para cerrar definitivamente la vía judicial.Aunque hayas cobrado RAI o SED con posterioridad al agotamiento de una prestación, deberia seguir teniendo esa via de acceso activa.
deben crear otra nueva cotizando 90 días y percibir otro subsidio es así ? NO.Los que tienen una vía de acceso anterior NO es necesario generar otra nueva; ya la tienen.La nueva ley lo que dice es que si no tienes una vía de acceso antigua, la RAI y la SEDNO SON vías acceso al subsidio.Ya se ha comentado en este foro.
NO sirve.La servicio militar solo es válido para completar el periodo mínimo o de carencia para poder acceder a la jubilación anticipada. Esos 15 años hay que cumplirlos de forma efectiva.
Ha hecho lo correcto; presentar reclamación previa.Dicha reclamación -afortunadamente- no la revisarán en la oficina de su pueblo, sino en la delegación provincial del SEPE por letrados.Ahora le toca esperar a la resolución, que debe ser favorable si es así como relata.
Y la respuesta es obvia:La DAR siempre, SI, sin duda alguna tiene que presentarla. Tendrá que hacerla siempre, haga o no haga la declaración del IRPFNo tiene nada que ver una cosa con la otra.
El comparar la Declaración Anual de Rentas (SEPE) con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (AEAT) es lo mismo que mezclar churras con merinas. Nada que ver de la cuestión de la que se trata.