Cachilipox
12/06/24 11:28
Ha respondido al tema Artesanía y fiscalidad 2024
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NORRRR!Si solo vendes tu propia producción, como artesana (Epígrafe 861.2), puedes hacerlo. Da lo mismo el canal de ventas que utilices. Si además de tu propia producción, decides vender cosas de terceros, entonces, como esas cosas de terceros tú no las manipulas ni las manufacturas, estás actuando EN ESAS RE-VENTAS como comerciante minorista.Por esas ventas debes estar de alta en un epígrafe de comercio minorista (hay varios, depende de cosas...)No es obligatorio, pero es una posibilidad de gestión, es unificar en la contabilidad de comercio minorista todas las ventas. En ese caso, y solo en ese caso, debes realizar autofacturas desde lo de artesanía a lo de comercio.Pero otra posibilidad de gestión, totalmente legal y válida, es declarar ventas minoristas de artesanía para tus manufacturas, y ventas minoristas comerciales por las cosas que re-vendas de terceros.