Exacto. Para el complemento a mínimos no influye mientras no obtengas una ganancia patrimonial por la venta. Distinto sería si fuese una pensión no contributiva o un subsidio por desempleo, en los cuales una herencia puede afectar a su percepción.
Por la venta de acciones (sean españolas u holandesas) hay que declarar los beneficios obtenidos tributando como ganancias patrimoniales dentro de las rentas del ahorro, en concreto en la casilla 0328 ‘Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de acciones negociadas’. Una vez ahí, se seleccionará la casilla y se introducirán los datos de la primera venta: Entidad emisora, valor de transmisión (lo que se ha ganado vendiendo estas acciones menos las comisiones por su venta), y valor de adquisición (aquello que se paga en el momento que se compran las acciones, incluyendo las comisiones de venta que se mencionaban). Si las acciones las tienes un broker extranjero la operación no aparecerá en el borrador de la declaración de la renta.Sólo tienes que tener en cuenta que si esa empresa holandesa paga dividendos, en Holanda hay una retención en origen del 15% y en el IRPF tendrás que indicarlo (porque España tiene convenio de doble imposición con Holanda), y así evitar que te cobren el 15% de retención dos veces (una en la retención de origen, y la segunda cuando te aplican el 19% de retención en destino).
La aplicación de la retención del IRPF, es la relativa a la elección del porcentaje que se aplica, y en otros factores como la situación personal y familiar (que el trabajador comunicará a la empresa mediante la implementación del Modelo 145), por lo que el trabajador no va a elegir, en ningún caso, el IRPF que se le “quita” de su nómina. Lo que si puedes hacer es que si tu empresa te retiene más IRPF del que te corresponde puedes pedir que se lo ajusten (bajen) a al mínimo obligatorio. Puedes revisarlo en el siguiente enlace Cálculo de retenciones 2024 (desde el 8 de febrero hasta el 27 de junio de 2024) (agenciatributaria.gob.es)
Hacienda cuenta con un plazo para contestar una rectificación de seis meses. Estos comenzarán a contar desde la fecha de presentación. El tiempo de respuesta de Hacienda puede variar dependiendo de diversos factores, cómo la carga de trabajo de la Administración Tributaria y la complejidad de la rectificación solicitada. Si no has recibido respuesta después de transcurrido un tiempo considerable, puedes contactar con la Administración Tributaria para obtener información sobre el estado de tu solicitud.
Como te comenta el compañero no es obligatorio, pero te sirve de orientación para saber si los datos que dispone la Agencia Tributaria coinciden con los tuyos. Suele haber diferencias con los scrip dividends si optas por la remuneración en acciones, que se solucionan cambiando la fecha efectiva de dicho canje, porque la que figura habitualmente no coincide debido a que a veces la que le traslada la entidad bancaria con la que comunica la empresa cotizada tiene un día de diferencia.
Según el Banco de España por emitir el certificado de posiciones de un fallecido las entidades bancarias no deberían cobrar porque es un documento que resulta necesario para el cumplimiento de una obligación legal para los herederos, como es la liquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.En cuanto a Caixabank, algún forero comento que le solicitaban 80€ por dicho certificado y procedió a realizar reclamación al respecto.
Si quieres conocer la cuantía adecuada, la Agencia Tributaria disponer de una calculadora que permite evaluar el porcentaje adecuado en función de la nómina. Cálculo de retenciones 2021 (agenciatributaria.gob.es)
La base imponible del IRPF consta de dos partes: -Base imponible general: es aquella que recoge los rendimientos (salario, derivadas de los elementos patrimoniales, el capital inmobiliario o de actividades empresariales que realice el contribuyente. -Base imponible del ahorro: la que comprende el dinero que se ha ganado inversiones como acciones, depósitos financieros, intereses de cuentas corrientes... Esta renta general tributa de acuerdo a los siguientes tramos de IRPF:Primer tramo: desde 0 euros hasta 12.450 euros: 19%. Segundo tramo: desde 12.450 euros hasta 20.200 euros: 24%. Tercer tramo: desde 20.200 euros hasta 35.200 euros: 30%. Cuarto tramo: desde 35.200 euros hasta 60.000 euros: 37%. Quinto tramo: desde 60.000 euros hasta 300.000 euros: 45%. Sexto tramo: más de 300.000 euros: 47% Los tramos en la base imponible del ahorro son los siguientes: Hasta 6.000 €: 19 % Entre 6.000 € y 50.000 €: 21 % Entre 50.000 € y 200.000 €: 23 % Entre 200.000 € y 300.000 €: 27 % De 300.000 € en adelante: 28 %
En principio figura ese terreno en tus datos fiscales porque ahora es de tu titularidad, pero si es una fina rústica, generalmente solo debes pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y a partir del primer año de la herencia, deberás abonar el Impuesto de Bienes Inmuebles rústico a no ser que proceda excepción si se tratase de una finca afecta al desarrollo de explotaciones agrícolas o ganaderas.