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Participaciones del usuario guillermotell - Fiscalidad

guillermotell 11/04/25 15:49
Ha respondido al tema Renunciar a la devolución de la renta.
Esa persona tiene otra opción mejor que sería no renunciar, y cuando le hagan el ingreso de la devolución donarlo a una ONG y, así, en la declaración de IRPF del año que viene, ese importe sería deducible. 
guillermotell 06/04/25 15:47
Ha respondido al tema Fiscalidad comisiones custodia acciones
Tu banco es el bróker, dado que si te aplican comisión de custodia es que tienes una cuenta de valores con la cual efectúas compras y ventas de acciones.
guillermotell 06/04/25 13:06
Ha respondido al tema Fiscalidad comisiones custodia acciones
Si tu bróker tiene sede fiscal en España, esos datos ya deberían figurar en los datos fiscales del borrador del IRPF, si fuese extranjero podrías añadirlos dentro en la casilla 0029 en el apartado  "gastos de administración y custodia" 
guillermotell 03/04/25 20:39
Ha respondido al tema No obligado a presentar declaración
Tienes que tener en cuenta que no sólo se fija el superar los 22.000 euros anuales como obligatoriedad para realizar la declaración porque una de las novedades de la Renta 2024 es que tienes que hacer la declaración si estás en el paro, incluso si no superas esos 22.000 euros anuales. Antes había excepciones para los parados, pero ahora ya no.Además, debes hacer la declaración cuando recibas rentas inmobiliarias imputadas o cuando recibas subvenciones para adquirir viviendas de protección oficial, ganancias de ayudas públicas o beneficios por comprar Letras del Tesoro y los beneficios conjuntos sean de 1.000€ euros o más. También es obligatorio si eres beneficiario del Ingreso Mínimo Vital,  y no sólo tu porque además será obligatorio para el resto de integrantes de tu unidad de convivencia.
guillermotell 02/04/25 22:21
Ha respondido al tema Esta casilla 0003 te dice si estas obligado a presentar?
Sí, la casilla 003 se corresponde con los ingresos brutos del trabajo.
guillermotell 02/04/25 21:14
Ha respondido al tema Declaración de la renta No obligados (matrinonios), no deja presentarla
En la tuya, en la modalidad individual, sólo te aparece la opción de presentar la que corresponde a ti , y a tu cónyuge sólo le debería aparecer, en el modo individual, la suya.
guillermotell 02/04/25 21:10
Ha respondido al tema Esta casilla 0003 te dice si estas obligado a presentar?
Lo mejor es consultarlo en el Simulador de Renta que ofrece la AEATRenta 2023Tienes que tener en cuenta que no sólo se fija el superar los 22.000 euros anuales como obligatoriedad para realizar la declaración porque una de las novedades de la Renta 2024 es que tienes que hacer la declaración si estás en el paro, incluso si no superas esos 22.000 euros anuales. Antes había excepciones para los parados, pero ahora ya no.También debes hacer la declaración cuando recibas rentas inmobiliarias imputadas o  cuando recibas subvenciones para adquirir viviendas de protección oficial, ganancias de ayudas públicas o beneficios por comprar Letras del Tesoro y los beneficios conjuntos sean de 1.000€ euros o más. También es obligatorio si eres beneficiario del Ingreso Mínimo Vital,  y no sólo tu porque además será obligatorio para el resto de integrantes de tu unidad de convivencia.
guillermotell 31/03/25 17:28
Ha respondido al tema Cartera de Valores
Si tienes un bróker de valores español, podrás comprobar si tus importes coinciden, porque comunican los datos a la AEAT y así podrías revisarlos en tu borrador de IRPF que estarádisponible a partir de mañana.
guillermotell 30/03/25 13:24
Ha respondido al tema 720 y raisin
Klarna Bank AB (Suecia) utiliza un banco corresponsal en Finlandia para gestionar los ahorros en euros procedentes otros países. En consecuencia, los depósitos de Klarna Bank AB tienen un IBAN que comienza con FI (Finlandia) en lugar de SE (Suecia).
guillermotell 28/03/25 20:50
Ha respondido al tema Modelo 720 de la cuenta flexible de Revolout
Si el IBAN de tu cuenta flexible de Revolut no comienza por ES tendrías que cumplimentar el modelo 720 si tuviste un saldo a 31 de diciembre superior a los 50.000€.