El D6 es la denominación corta de la “Declaración de Titulares de Inversión Española en el exterior en valores negociables”, que implica que si tienes acciones, ETFs o fondos de inversión depositados en algún broker domiciliado en el extranjero debe presentar el mecionado D6.Si se trata de una cuenta remunera deberías presentar el Modelo 720 (Declaración Informativa anula sobre vienes y derechos situados en el extranjero), siempre que en dicha cuenta exista un saldo a 31 de diciembre superior a los 50.000 euros.
Pero esto se aparece directamente en el borrador ó tiene que incluirlas el contribuyente?
Creó recordar que cuando efectuabas la declaración solicitando cita previa a Hacienda te preguntan si habías comprado o vendido acciones, y estos casos comentaban que no podías utilizar este servicio no?