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Prestacion de la Ley de Dependencia
ayer le envié un mensaje, no sé si le llegó
mivisa14/02/26 09:02
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Mutualistas: devolución del IRPF
de todas formas, aunque no sea obligatorio presentar comprobante de la complementsria del impuesto de sucesiones porque cada importe es inferior a 2000 €, si haces la complementaria antes de solicitar la devolución, yo incluiría ese comprobante.A ver si alguien nos aclara la parte práctica de todo este proceso
mivisa14/02/26 08:56
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Mutualistas: devolución del IRPF
lo que no depende del importe de la devolución es la obligatoriedad de tener que hacer una complementaria de la autoliquidación del impuesto de sucesiones, que es lo que dije
mivisa14/02/26 08:53
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Mutualistas: devolución del IRPF
no lo especifica, pero el enlace refiere a la solicitud de devolución de 1 ejercicio.Foreros de aquí y foros similares creo recorda que reportaron que tuvieron que presentar H100 por cada ejercicio y por cada heredero.A ver si algunos de ellos pueden explicarnos cómo ha sido todo el proceso de cumplimentar H100 y las complementarias del impuesto de sucesiones que tuvieron que realizar.
mivisa14/02/26 08:49
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Mutualistas: devolución del IRPF
otra cosa es que si el importe de la devolución es inferior a 2000 euros, hacienda no solicite la comprobación de que se ha incluido en la autoliquidación del impuesto de sucesiones.Supongo que cuando se incluyen los importes de todas y cada una de las resoluciones/devoluciones en la complementaria de la autoliquidación del impuesto de sucesiones, habrá que desglosarlo por ejercicio.
mivisa14/02/26 08:42
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Mutualistas: devolución del IRPF
la complementaria de la autoliquidación del impuesto de sucesiones hay que hacerla independientemente del importe de la devolución. Según la aportación de foreros en este o similar chat, no se incluyen los intereses de demora.
mivisa13/02/26 21:13
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Prestacion de la Ley de Dependencia
si no lo has hecho aún, plantéate solicitar actualización/revisión del grado de discapacidad
mivisa13/02/26 21:12
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Prestacion de la Ley de Dependencia
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Prestacion de la Ley de Dependencia
entiendo que el reconocimiento de dependencia es posterior.Hay sentencias que validan certificados médicos ante la no disposición aún del reconocimiento de grado de discapacidad o si se ha solicitado actualización de este y aún no han resuelto.Puede ayudar:https://www.fiscal-impuestos.com/ts-irpf-minimo-discapacidad-acreditacion-certificados-otros-medios.html
mivisa13/02/26 19:58
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Prestacion de la Ley de Dependencia
en la resolución de dependencia y en el PIA concedido debería figurar