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Mutualistas: devolución del IRPF
figurarán en el borrador de la declaración de la renta
mivisa15/02/26 16:10
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Declaración Renta 2024
o nada
mivisa15/02/26 15:21
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Adjudicación de herencia y declaración oro y efectivo
otro punto de vista, según la AI:Cuando aparecen dinero en efectivo, joyas o relojes de oro en una vivienda ya heredada tras el fallecimiento de ambos cónyuges, estos bienes se consideran bienes omitidos o "nuevos bienes" de la herencia. Aquí te detallo qué se debe hacer y a quiénes pertenecen:1. ¿A quién pertenecen?A todos los herederos: Pertenecen a los mismos sobrinos que fueron declarados herederos en la herencia principal (la que incluyó la vivienda).Proporcionalidad: Se reparten conforme a los porcentajes establecidos en el testamento o por ley (sucesión intestada) que ya se aplicaron en la aceptación de la herencia anterior.Propiedad del último fallecido: Generalmente, estos bienes se atribuyen a la herencia del segundo cónyuge en morir, ya que es el último titular de la vivienda. 2. ¿Qué se debe hacer?Dado que la herencia ya fue aceptada, el proceso no se detiene, sino que se debe regularizar: Adición de herencia: Los herederos deben realizar una escritura de adición o complementaria a la herencia original.Valoración: Es necesario inventariar y tasar (valorar) las joyas y relojes de oro a su valor de mercado actual.Declaración a Hacienda: Se debe presentar una nueva liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones por el valor de estos nuevos bienes, ya que el fisco debe conocer el incremento de la masa hereditaria. 3. Consideraciones importantesImpuestos: Los sobrinos pertenecen al Grupo III o IV de parentesco, lo que significa que tributan más que hijos o cónyuges. La cantidad a pagar dependerá de la comunidad autónoma donde residían los fallecidos.No ocultarlos: Ocultar bienes puede traer consecuencias legales. Si algún heredero se apropia de ellos sin declararlos, podría ser considerado "heredero con responsabilidad ilimitada" y perder su parte de lo ocultado. En resumen: Los sobrinos deben añadir esos bienes al inventario original mediante una escritura complementaria, tributar por ellos y repartirlos según el testamento.Nota: Ante la aparición de un volumen importante de dinero o joyas, es recomendable consultar con un notario o abogado especialista en herencias.
mivisa15/02/26 15:08
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Adjudicación de herencia y declaración oro y efectivo
quizás sea como tú dices, y una vez obtenida la tasación y el documento de la declaración de todos los herederos (que no sé si vale documento privado o tiene que ser documento público), ya podais hacer una complementaria de la autoliquidación del Impuesto de Sucesiones incluyéndose.El dinero en efectivo que mencionas, 600 euros, os lo repartís entre todo vosotros y nada que declarar, sólo sabéis vosotros de su existencia. Otra cosa es que fuese un importe elevado.Es una opinión, que no soy especialista.El tema joyas, oro, relojes es otro cantar
mivisa15/02/26 12:59
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Mutualistas: devolución del IRPF
si el importe de la devolución de cada ejercicio es inferior o igual a 2000 euros no exigen presentación del comprobante de la complementaria de la autoliquidación del Impuesto de Sucesiones (complementaria que tienes que hacer sí ó si)
mivisa15/02/26 12:57
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Mutualistas: devolución del IRPF
no sé cómo es en la práctica, pero como cada resolución de devolución tiene su propio número de expediente entiendo que hay que aportar la documentación necesaria para cada uno de ellos
mivisa15/02/26 12:08
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Herencia a beneficio de inventario. Nuevos pasivos a posterior de la aceptación
La aceptación de herencia a beneficio de inventario protege tu patrimonio personal: solo respondes de las deudas del fallecido con los bienes heredados, nunca con tus propios bienes. Si aparecen deudas posteriores (pasivos ocultos), pueden reclamarlas, pero solo hasta donde alcancen los bienes de la herencia, sin obligarte a pagar la diferencia con tu dinero. Puntos clave sobre deudas posteriores:Responsabilidad Limitada: Si el activo heredado (ej. 10.000€) es inferior a las deudas totales (ej. 15.000€), los acreedores solo cobrarán los 10.000€ y tú no respondes por los 5.000€ restantes.Aparición de nuevas deudas: Aunque surjan deudas ocultas o desconocidas después de la aceptación, el beneficio de inventario sigue protegiendo tu patrimonio particular, siempre que el inventario inicial se haya realizado correctamente.Plazos de reclamación: Los acreedores tienen los plazos legales ordinarios de prescripción de las deudas para reclamar (que pueden ser años, dependiendo de la naturaleza de la deuda). Las deudas fiscales suelen tener una inspección de 4 años, por ejemplo.En resumen, si surge una deuda posterior, el pasivo se paga con el activo de la herencia, y si no hay suficiente, el heredero no responde con sus propios bienes.
mivisa15/02/26 12:00
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Herencia a beneficio de inventario. Nuevos pasivos a posterior de la aceptación
En términos generales según la AiEn la aceptación de herencia a beneficio de inventario (artículos 1010 y siguientes del Código Civil), el heredero responde de las deudas del causante únicamente con los bienes de la herencia, nunca con su patrimonio personal.🔎 ¿Qué ocurre si aparece una deuda después de haber hecho el inventario?Sí, puede reclamarse esa deuda, aunque no estuviera incluida inicialmente en el inventario, siempre que:Sea una deuda real del causante.No esté prescrita.El heredero haya actuado correctamente (sin ocultar bienes ni incumplir las reglas del beneficio de inventario).👉 Pero esa reclamación solo podrá satisfacerse con los bienes de la herencia, nunca con el patrimonio propio del heredero, siempre que:No haya perdido el beneficio de inventario.No haya mezclado bienes propios con los heredados.No haya enajenado bienes sin seguir el procedimiento legal.⏳ ¿Durante cuánto tiempo pueden reclamar esas deudas?Depende del tipo de deuda:📌 1. Deudas civiles (préstamos, proveedores, etc.)Plazo general: 5 años (art. 1964 Código Civil).Se computa desde que la deuda es exigible.📌 2. Deudas tributarias (Agencia Tributaria)Plazo de prescripción: 4 años.Según la Ley General Tributaria (art. 66).El plazo empieza a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo voluntario de pago o declaración.En caso de deudas con la Agencia Tributaria, la responsabilidad del heredero se regula en la Ley General Tributaria, que establece que:El heredero sucede en las obligaciones tributarias pendientes del fallecido.Responde con los bienes de la herencia.Si acepta a beneficio de inventario, no responde con su patrimonio personal.🔗 Información oficial AEAT sobre sucesión en deudas tributarias:https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/tributos/gestion-recaudacion/sucesores-deudas-tributarias.html⚠️ ImportanteSi el heredero paga voluntariamente con su propio dinero sin reservar el beneficio, podría complicarse la separación patrimonial.Si aparecen deudas cuando ya se han repartido los bienes, los acreedores pueden pedir la rescisión de la partición en ciertos casos.Si los bienes hereditarios ya se han agotado pagando otras deudas conforme al orden legal, el heredero no tendrá que pagar más.🎯 Conclusión✔️ Sí pueden reclamar deudas que aparezcan después.✔️ Solo responden los bienes de la herencia (si no se pierde el beneficio).✔️ El plazo depende del tipo de deuda (4 años tributarias, 5 años civiles en general).
mivisa14/02/26 23:41
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Prestacion de la Ley de Dependencia
el derecho a la prestación económica se genera desde la fecha de resolución del PIA.
mivisa14/02/26 21:12
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Adjudicación de herencia y declaración oro y efectivo
si no podéis demostrarlo, a efectos legales es "dinero negro o dinero opaco" y "bienes ocultos"