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Participaciones del usuario Rucko - Fiscalidad

Rucko 17/06/24 16:07
Ha respondido al tema Valoración Inmueble Patrimonio
Dejo la respuesta en manos de la AEAT., más precisa:“Dentro del "valor de adquisición" al que se refiere el artículo 10.Uno de la Ley del Impuesto sobreel Patrimonio, deben incluirse los “gastos y tributos inherentes a la transmisión” que hubieren sido satisfechos por el adquirente. Se trata de gastos y tributos “unidos por su naturaleza o inseparables” a la transmisión como tal. Ejemplo de los primeros serían los gastos de notaría y registro y, de los segundos el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD), según los casos.Por el contrario, para determinar el valor de los bienes inmuebles en el Impuesto sobre el Patrimonio, conforme a la regla prevista en el artículo 10. Uno de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio, no cabe minorar dicho valor en el importe de las amortizaciones practicadas en el ámbito del IRPF.“
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Rucko 17/06/24 00:26
Ha respondido al tema Valoración Inmueble Patrimonio
El valor de referencia solo aplica para inmuebles adquiridos a partir de 2022.Por tanto el mayor de los dos valores: catastral, adquisición+gastos.El heredero valora a valor de sucesiones.
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Rucko 16/06/24 23:41
Ha respondido al tema Rentas del alquiler para cobrar subsidio mayores 52
Perdón es para el IMV:El cómputo de los ingresos del ejercicio anterior se llevará a cabo atendiendo a las siguientes reglas:Con carácter general las rentas se computarán por su valor íntegro, excepto los procedentes de actividades económicas, de arrendamientos de inmuebles o de regímenes especiales, que se computarán por su rendimiento neto.Fuente Seguridad Social.  
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Rucko 16/06/24 21:06
Ha respondido al tema Consulta Regla dos meses (caso particular)
Las plusvalías no están sometidas a la regla anti aplicación, se liquidan en cuanto se conocen. Compraste 100 acciones por 400 euros y las vendiste por 600 liquidas la ganancia de 200 euros. Las pérdidas se quedan a la espera de que vendas siguiendo la regla anti aplicación. 
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Rucko 16/06/24 19:34
Ha respondido al tema Dudas fiscales al moverme a UK
Este año 2004 seguirás siendo residente fiscal en España. El año que viene comunica tu cambio de residencia mediante el 030 a la hacienda española. Intenta abrir una primera cuenta en UK en algún banco español presente en UK (BBVA, CaixaBank,…), ya tendrás tiempo más tarde de optimizar las comisiones. Puedes seguir con inversiones en España, pero a partir del próximo año tendrás que declarar el IRNR (impuesto renta no residentes) para las rentas no exentas generadas en España. Para mover tu dinero una transferencia, no necesitas informar, desconozco los requisitos en UK. 
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