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Blog de economía doméstica y pequeñas empresas
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Debate de ideas, financiación y formación financiera básica
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Resulta que en el entorno de la U.E. (y en todos los estados occidentales), hay un proteccionismo en favor del consumidor, considerando de alguna forma que las empresas están en una posición superior (dominante) y por tanto la legislación compensa a dicho consumidor
Es evidentemente una buena noticia para los usuarios del servicio bancario que contrataron sus hipotecas con este pacto, no obstante la aplicación de la sentencia, y básicamente en la parte de los usuarios que ya obtuvieron sentencias de su caso
Lo que pretendo en esta entrada de blog, es hablar de “las prestaciones de las partes, de equilibrio de las mismas”, y el “suelo hipotecario”
Hay suelos del 4%, que se contrataban antes de 2009, los hay del 3% e incluso los hay del 2,50 y algunos pocos por debajo de dicho porcentual, vamos a pensar que la media está en el 2,50 % que no es real, dudo que pueda ser así, pero al mismo tiempo se han realizado muchos pactos con clientes, con rebaja de los suelos
Ayer en prácticamente todos los periódicos salta la noticia en relación a la Unión Europea La UE pide que se devuelva todo lo cobrado con las ‘cláusulas suelo’ . Atención especial a esto, porque se está indicando que el informe de la U.E. NO ES VINCULANTE, por tanto no es una norma de obligado cumplimiento
De un tiempo a esta parte en las reclamaciones administrativas de suelos hipotecarios, el escenario ha cambiado, lo que era “un cerrojo” de algunas entidades a llegar a acuerdos, ha variado, pongamos el asunto en antecedentes:
Como es sabido por muchos (*) el Tribunal Supremo en fecha 13/05/2013 dictó una sentencia por la cual y aun considerando el suelo como legal, determinó que bajo ciertas circunstancias informativas previas a la firma, tal suelo no podría aplicarse
Hace ya unos meses publiqué un post sobre reclamación de suelos hipotecarios , llevamos ya ciertos meses de experiencia y el asunto sigue en lo mismo que entonces, sin embargo las “posiciones de las entidades”, parece “tomar forma”.
La primera razón por la cual no es nada adecuado el “copiar” la carta de otro con un problema similar, es precisamente eso, es similar, pero no es igual, incluso si vamos a reclamar ante el mismo banco, nada nos garantiza que el contrato de hipoteca, la escritura sea el mismo texto.
De un tiempo a esta parte se nos “han animado” los hilos de los suelos hipotecarios en Rankia, pero al mismo tiempo, y tal vez esté en un error, hay mas consultas sobre la sistemática de las reclamaciones, y algunos foreros “bastante perdidos”, y también algunas consultas que tienen pinta de entender que la clausula de suelo tiene tintes de ilegalidad, y por ello reclamar será la solución.
Hay dos temas mas en Rankia que llenan los foros de consultas y respuestas, uno son los suelos hipotecarios, y el otro, aunque en menor medida, son las hipotecas multidivisa, y de estas pretendo hablar hoy.
Hace 2 años conjuntamente con Jexs71 escribimos este post Negociación de rebaja de suelo hipotecario o clausula suelo , la idea inicial era explicar algunas particularidades y en base a ellas poder negociar su rebaja, insisto “su rebaja”, porque ni se me pasó por la cabeza, al menos a mí, el conseguir su eliminación por el mero hecho de negociar.
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