Avante
06/03/18 19:51
Ha respondido al tema Formulario para denunciar COACCIÓN en la contratación de seguros en bancos
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Enorme pregunta, Edmaortiz. Primero comprendamos que hay dos grandes tipos de mediadores de seguros en la actual Ley 26/2006: Agentes de seguros que son profesionales que operan como representantes de una o varias aseguradoras, sean exclusivos o vinculados. Si el agente está capitalizado por un banco se denomina Operador de Bancaseguros (OBS) y tiene todas las obligaciones de un agente a la que se suma una (y que no te dé la risa): debe informar al cliente que cuando ofrece seguros estos no están vinculados a ningún otro producto del banco. Corredores de seguros, que son profesionales INDEPENDIENTES de cualquier asegurador. Es decir, no trabajan PARA las compañías ni CON las compañías sino que trabajan en representación exclusiva de los intereses de sus clientes. La Ley nos prohíbe a los corredores recibir cualquier tipo de retribución (sobrecomisiones, rappeles, viajes...) que puedan suponer un conflicto de interés con ese deber de independencia absoluta. Confirmo, a mi pesar, que muchos corredores no se han leído muy bien la Ley o han conseguido olvidarla ...convenientemente. Dicho esto ya tienes algo claro y quien representa a quien. Lo cual no significa que un agente no pueda cuidar de tus intereses legítimos y no te ayude a gestionar tu seguro pero entiendo que en el momento en que exista un conflicto que reclame su lealtad la tiene legitimamente la aseguradora. El corredor puede permitirse el lujo de chocar con la aseguradora seriamente pues puede colocar los riesgos de su cliente en otra sin mayor problema siempre que este se lo autorice. Es decir, no depende de esa aseguradora para comer al mes siguiente. Pero en este momento debo introducir otro elemento y es el que algunos han dado en llamar "el momento de la verdad" y lo identifican con el siniestro. Creo que andan profundamente equivocados. Porque el momento de la verdad no es otro que el inicial. Un momento que es complejo y desgloso pues se compone de: identificación de los riesgos a que está sometido el cliente; sea un coche, una pyme, la responsabilidad civil de un profesional o un seguro de vida hay que conocer al cliente e identificar esos riesgos que - a veces - ni siquiera el cliente conoce. Ahí la experiencia del asesor juega un papel muy importante y un comparador de seguros se convierte en el peor enemigo del cliente porque se va a saltar por completo este punto crucial. evaluación de los riesgos. Una vez son identificados no solo hay que medirlos sino determinar con ese cliente particular (otro cliente puede tener otros intereses) qué riesgos decide "transferir" al seguro y cuales no (a estos se les llama "retención"). Un ejemplo típico de "retención" de riesgo es una franquicia. Otro puede ser decidir asegurarse con Linea Directa en hogar sabiendo que esta compañía si tenemos un incendio no pagará el hotel ni el alquiler de otra vivienda mientras la nuestra se reconstruye pues tenemos otra casa disponible en la misma población. Esto genera un mapa de riesgos a cubrir. financiación del riesgo que es lo que hacemos cuando contratamos un seguro. Si la elección que hemos hecho encaja con las necesidades del cliente tendremos un "zapato que ni se sale ni aprieta", nuestro cliente estará pagando lo correcto a cambio de lo que necesita y si además hemos recomendado una aseguradora con las cuatro solvencias que yo exijo tendremos todo perfectamente preparado para que si ocurre el siniestro no haya problemas. Entendamos que un seguro es como un juego de cartas: ambos jugadores deben saber a qué juego juegan o tendremos problemas. Si un jugador juega a la brisca y el otro al mus...no habrá entendimiento posible. De ahí que los jugadores deben conocer perfectamente el riesgo que se asegura y ambos deben conocer perfectamente las reglas de juego del contrato de seguro. Solo cuando ambos se conocen hay que firmar el contrato. Como sabes, el 100% de los españoles se lee sus contratos (de lo que sea) antes de firmarlos y nunca jamás se ha visto a un español firmando algo que no entiende. Ejem. Si llega el siniestro estaremos, simplemente, ante algo natural en el contrato y se disparará la cobertura sin problemas y a plena satisfacción del cliente. Es decir, estaremos ante una mera consecuencia de lo que se sembró al estudiar el riesgo y contratar el seguro. Si analizamos los tres puntos anteriores hallaremos clarísimamente los puntos en que se cometen los errores que desembocan en el desastre cuando surge el siniestro. Las cuatro solvencias que cité: Solvencia Financiera: el seguro debe pagar indemnizaciones o prestaciones; si no tiene dinero ya ni siquiera debiera jugar. Solvencia Técnica del Contrato: el seguro debe contener un clausulado que sea adecuado a los riesgos del cliente. Solvencia del Personal del Asegurador y del Corredor: si las personas que deben administrar este contrato son de baja calidad profesional mal asunto. No me cansaré de decir que este es uno de los elementos clave para el low-cost: contratar personal barato y escaso permite ajustar los precios de los seguros pero acaba generando retrasos en el cumplimiento y muchos problemas debido a que los contratos son gestionados por gente que ¡ni los entiende! Solvencia Ética: un contrato es una promesa de cumplimiento. Si llega el día en que 2+2 solo hay una respuesta posible y es 4 y esa respuesta debe darse rápida y eficientemente, sin necesidad de juicios ni reclamaciones. Así que, Edmaortiz, supongo que ya tienes mi punto de vista respecto de los conflictos entre asegurado y aseguradora. Si los hay es porque algo en la gestión inicial del contrato o en una de las cuatro solvencias está fallando. Por cierto, si alguna vez oyes la expresión "pago comercial" significa que la aseguradora paga algo que no debía y eso es porque el contrato de seguro estaba mal hecho o se había elegido un contrato impropio para ese riesgo. Algo muy habitual cuando el vendedor del seguro está más preocupado en una venta que en proteger riesgos. Un saludo,