No ,yo lo que pienso es que hay mucha gente que ve la paja en el ojo ajheno y no la viga en el propio.
En mi familia me han enseñado la importancia de cumplir con las obligaciones que asumo.
Hombre, pues si ha sido un maestro es normal que no te pagará. Como alumno deberías haberlo hecho tu.
Y lo que creo es que cada moroso siempre tien una buena historia que contar. Tus problemas son tuyos, no del acreedor, lo mismo que los problemas del director que te debía dinero eran suyos, y no tuyos.
Y respecto a tu visión de que se ejecuta la garántía y ya está, me temo que no comprendes como funciona el tema de los préstamos en el Derecho español.
Yo, más que en los oficios, creo en las personas. entiendo que tu habrás sido muy comprensivo con ese director de Banco dada tu experiencia. Vamos, que los retrasos te parecerán normales.
1. Casas vacias...sin ningun udo, dices...
Ahora resulta que si tengo una vivienda tengo que venderla o alquilarla. ¿y si la quiero mantener es entonces cunado te parce fantñastico que aparezcan estos salados para que hagan el trabajo sucio. Y desde luego no creo que ayude para nada a la economia que haya quien se apropier de lo que no le corresponde mientras otros le jalean.
2. Que el mercado se ajuste. Lo que quieres decir es que para ti el ajuste consiste en la rebaja del precio. Y que eso es lo que todo el mundo quiere. Creo que presumes demasiado.
3. Que el mercado puede ser eficiente, pero no justo. Quizás la justicia consiste en que sea efciente. Pero claro, como eso no cuadra con los particulares conceptos de justicia de algunos se aplaude que haya quien cometa actos ilegales, para que otros recojan las nueces, los que nos e atrevena hacer ¿¿squatting?. Valiente termino para definir esa triste apropiación de lo que no les corresponde.
4. ¿Cómo que no hay propietarios? Creo que Lacaseton te lo ha explicado perfectamente. No lo tendrás claro tu, seguro que el propietario fijo que si.
5. Una muestra más de como se debe revisar toda la politica de gastos social.
Hola Xavi, salgo de cena, y no me da tiempo a buscar el articulo ni la JP (es una excusa como otra cualquiera ;-), coy un vago). Pero la Jurisprudencia, basada en buena medida en la Ley General de Consumidores y Usuarios creo que es bastante clara. Las clauslas deben ser equilibradas, teniendo en cuenta que una de las partes redacta un contrato que es basicamente de adhesión...
De todos modos, estoy seguro que si algun juez quiere hacer de su capa un sayo lo hará. Pero en este caso yo confio en la Justicia, ya que es no de recibo aplicar el embudo en estos temas.
En todo caso, sería buena una consulta en el Blog de Consumerista, y por supuesto una revisión del contrato.
Ciao.
Xavier, tradicionalmente el ICO no ha asumido riesgos en las operaciones canalizadas a traves de Bancos.
No me he debido explicar bien, pero lo que tu dices creo que es lo que yo digo. Para evitar confusiones cito textual: Riesgo de las operaciones: comptaido al 50% hasta que el volumen del importe de fallidos (ojo, que pasa mientras es dudoso)de la artera da Entidad de Creñdito dispuesta en ICO liquidez llegue al 5%.
Traducción. Me vale tu ejemplo. Concede 100 millones en creditos ICO liquidez, de los cuales 50 vienen del ICO y otros 50 del Banco. Petan 4, e ICo se come 2. Petan 5, e ICO se come 2,5. Petan 10, e ICo se sigue comiendo solo 2,5. Conclusión ICO se come como maximo un 2,5% de los fallidos.
2.