No sólo corre el riesgo de que le reclamen los autónomos sino que también le pueden quitar la pensión y pedirle devolver lo percibido.Cambiad de administrador a toda prisa. Ése es mi consejo.
Si no has contratado tú a la notaría ni has hecho una provisión de fondos, puedes concertarlo con otra notaría que prefieras. Lo correcto sería comunicárselo a la inmobiliaria.
Yo empezaría solicitando la información de esa sociedad al Registro Mercantil. En función de lo que aparezca, se podría valorar lo que conviene.En mi opinión, no es bueno constituir sociedades con dos socios al 50%.
A falta de acuerdos por escrito sobre la cuestión, la inmobiliaria la tiene que pagar quien la contrató, supongo que fue el dueño. Los demás gastos habría que saber en qué consisten exactamente porque la redacción del contrato no creo que cueste nada dado que hay modelos oficiales.