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Participaciones del usuario W. Petersen - Hipotecas

W. Petersen 25/05/24 13:35
Ha respondido al tema Burbuja inmobiliaria de la A a la Z
Esto es competencia de la CC.AA. balear que no es precisamente de izquierdas.No ... como ya has adivinado soy tan ....como dice @piolin1112 "falto de luces" seguro que creo que el l ITE (Impuesto sobre el Tráfico de Empresas) es un impuesto existente en la época franquista que siguió vigente hasta 1986 ... antes del IVA, y no puede otra cosa, y menos que pudiera tener alguna relación con "edificios". Los que supuestamente vivimos debajo de un puente no sabemos de esto.Los que no tenemos 5 carreras, y tan solo "una mierda de diplomatura" de una Universidad Pública, y ningún Máster de Esade o IESE,  tenemos casas en lugar de invertir en bolsa al 100%, que coño vamos a saber de ITE ????
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W. Petersen 25/05/24 13:31
Ha respondido al tema Burbuja inmobiliaria de la A a la Z
Noooooo... ... es la vecina del quinto ... es el gobierno de PP en coalición  con VOX ... si, uno de los maravillosos gobiernos existentes ... y no, Francina ya no gobierna ahí  https://www.caib.es/webgoib/es/consejeria-de-vivienda-territorio-y-movilidadEsto lleva décadas transferido a las Conunidades Autónomas !!!!! 
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W. Petersen 24/05/24 22:33
Ha respondido al tema ¿Para que sirve fraccionar el ITP si luego el banco pide una provisión de fondos de todo el importe?
No soy especialista en eso, pero por sentido común.1 - Se habría pagado dos veces, una por tu parte y fraccionada y otra por su totalidad. Tendrías que solicitar la devolución de ingresos indebidos, pero serían los pagos parciales de lo realizado con aplazamiento, no te devolverian la otra liquidación de la totalidad. De hecho, cuando existen aplazamientos de impuestos en empresas, se pueden pedir y son concedidas hasta un plazo e importe determinados, por ejemplo IVA, Impuesto de Sociedades hasta un saldo máximo de 50.000 € y 6 meses,  si durante estos plazos, hay alguna devolución, siempre se compensa con la deuda. Nunca te van devolver nada si hay deuda, incluso sin estar vencida y siempre compensan el plazo pendiente más largo Lo tercero lo desconozco, habría que ver si esto viene previsto en el documento de encargo que tienes que firmar para la gestoria.2 - No hay que poner ninguna cláusula ahí. En tu hipoteca habrá una cláusula de vencimiento anticipado y exigible la totalidad de la deuda, y es si aparecen cargas en la finca por delante de la hipoteca. Me temo que un impuesto aplazado es una carga, y preferente a la hipoteca.
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W. Petersen 24/05/24 20:37
Ha respondido al tema Burbuja inmobiliaria de la A a la Z
Esto también es responsabilidad de Sánchez .... me temo que esto lleva construido de antes de incluso Felipe González !!!!! Pero vamos para ti, mínimo es responsable Francina Armengol.
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W. Petersen 24/05/24 18:30
Ha respondido al tema Venta vivienda pago aplazado y hacienda
Precio venta menos precio  de compra o adquisición (caso herencia por ejemplo) más gastos e impuestos ...te da un beneficio..  y por este tributas al 19% los primeros 6.000 euros de tal beneficio y de 6001 hasta 50.000 (creo) al 21% ....  y de 50.001 a otra cifra que no recuerdo al 23%
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W. Petersen 24/05/24 14:04
Ha respondido al tema ¿Para que sirve fraccionar el ITP si luego el banco pide una provisión de fondos de todo el importe?
Creo que la negativa del banco tiene su razón de ser....  las fincas responden de las liquidaciones de impuestos, a cada movimiento en las mismas (compraventa, donación, herencia, aportación, hipoteca ...)  se crea una afección fiscal, que se queda ahí durante 4 años, que es su prescripción... es imposible eliminarlas antes. Una afección de este tipo supone que la liquidación de impuestos se puede revisar, no significa que esté mal, pero de estarlo, la finca responde. Entonces si se fracciona un impuesto, como la finca responde y creo que delante de la hipoteca, es decir, pueden exigir primero los impuestos que la hipoteca, resulta que el banco no sólo tiene la carga por afección fiscal genérica que se crea automáticamente, sino como si dijéramos una "hipoteca" antes que la suya, la del banco, pero no por la posiblidad de revisar, sino por una deuda real por aplazamiento. Como te puedes imaginar al banco no le interesa, quieren ser primera carga real, no segunda, tras la garantía de aplazamiento de deuda fiscal.Insito en que las afecciones fiscales "normales" suponen que la hacienda autonómica puede revisar, ni siquiera que lo vayan a hacer, y tampoco de hacerlo suponga sanción o mas cantidad de impuestos, por el contrario lo que tu propones es que exista una carga real, una deuda que en sus plazos vas a pagar, que dependerá de tu voluntad y posibilidad de pago futura... no te lo can a aceptar!!!!  Y si no pagas uno de los plazos ???? Que puede hacer el banco contra ti ??? Naaaaaaada ..... comérsela com patatas... bueno si puede hacer, pagarlo ellos para que el estado no les tome la delantera en la venta de la finca en subasta...  como ves, no lo pueden aceptar.
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W. Petersen 22/05/24 14:20
Ha respondido al tema Inscribir en Registro de la propiedad 2 fincas rústicas
Los honorarios de los registradores están regulados por Ley. Un/a registrador/a es un/a profesional privado con funciones públicas, en este caso tener a su cargo el registro de la propiedad.Los honorarios en una parte son fijos y no tienen  relación con el valor de lo que registra, hay otra parte que si va a porcentaje, pero vamos a "bote pronto" sobre 150/200 por finca más IVA, me temo que baja nunca.
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W. Petersen 22/05/24 12:38
Ha respondido al tema Sentencias devolución gastos hipotecarios
La estrategia es clarísima, y le diré más, la advertencia del TS se la van a pasar por el forro "presuntamente".Este es el enlace de tal "advertencia": https://www.eleconomista.es/legal/noticias/12798610/05/24/el-supremo-insta-a-la-banca-a-reparar-las-clausulas-abusivas-por-iniciativa-propia-para-evitar-las-costas.htmlPorque si yo vengo a su despacho, bien usted o algún colaborador/a suyo me dedicará mínimo 1 hora, luego corriendo mucho 3 horas para revisar documentación y preparar demanda, esto si se lo llevo todo completo, porque si faltan cosas el tiempo va corriendo  .... un par o tres de horas para el juicio y desplazamiento (y poco le pongo) ... estamos en 8 horas .... si a mi la Volkswagen me cobra a 65 € la hora y tienen comisión por las piezas, como usted no tenga comisión por los folios, toner y boligrafos, es que ni empata con ellos, total que como supongo que igual que yo tiene "la mala costumbre" de desayunar, comer y cenar cada día .... estamos en 600 € de sus costes (y poco le pongo) ... pero usted tiene esta profesión, y no le dieron el título por la jeta ...... no va a trabajar solo  para cubrir gastos !!!!! no tendría sentido.Entonces imaginemos que mi demanda de recuperación de gastos son 1.200 €, usted me pide una provisión de pongamos 730 €   (600 más IVA al 21%) ... esto de entrada mucha gente no lo va a entender, para cobrar 1.200, me pide 730 !!!!! que se habrá creído !!!!!!! pues caramba los gastos que tiene y poco o ningun beneficio va a hacer con ello !!!!!!   y si gana como esto va limitado al 30% de los 1.200 ... son 400 más IVA, con lo cual aunque el banco pierda, yo tengo que añadir dinero.Pues a eso juegan las grandes empresas, es perfectamente legítimo. Como ya tienen muy claro como acabaran el 99% de las demandas, es decir, a favor de la parte demandante ... pues negarse por las buenas, con cualquier excusa que suene a correcta, y los que traguen con ella, ya están ganados, será por mucho que vayan a juzgado el 30 o 40% restante.Y en el medio de todo esto, nos queda el sistema "Arriaga", miles de demandas "copia-pega", probablemente con unos formularios pre-redactados y rellenando casillas, un/a jurista que lo revisa por encima y para el juzgado, inviertiendo el mínimo de tiempo en cada demanda, y corriendo el riesgo de alguna se pueda perder porque el planteamiento no se corresponde con el formulario que habrán utilizado, con el 30% de gastos más los intereses, si hay volumen los números pueden salir mas que bien !!!!!!! 
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