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Participaciones del usuario Juan Lackland - Hipotecas

Juan Lackland 29/01/25 10:33
Ha respondido al tema - Comunidad de propietarios
Referente a la primera pregunta: Lo primero es que los acuerdos de la comunidad se presumen legales, salvo que se impugnen ante el juzgado. Pero los acuerdos deben tomarse por la junta, no es legal que se haga una votación mediante una circular. Ni el presidente ni el administrador son quiénes para poner en marcha esa encuesta.En todas las votaciones sólo se necesita poner lo votado por cada propietario cuando sea necesario para el resultado de la votación. Dado que la obra aprobada seguramente necesita mayoría de 3/5, casi seguro que es necesario que en el acta se identifique lo votado por cada uno.Esto dice la ley que debe figurar en el acta:Los acuerdos adoptados, con indicación, en caso de que ello fuera relevante para la validez del acuerdo, de los nombres de los propietarios que hubieren votado a favor y en contra de los mismos, así como de las cuotas de participación que respectivamente representen.
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Juan Lackland 29/01/25 10:26
Ha respondido al tema Nuevo en la comunidad de vecinos
No entiendo que des por supuesto que tu comunidad no va a tener en cuenta lo primordial de la salud. ¿Cuál es el problema para solicitar que te eximan del cargo? En muchas comunidades se da ese caso, por salud, por edad, por residir muy lejos y, generalmente, las comunidades acceden a lo solicitado.
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Juan Lackland 28/01/25 21:04
Ha respondido al tema Nuevo en la comunidad de vecinos
Ten en cuenta que si ese cargo no fuera obligatorio, habría miles de comunidades de propietarios sin presidente. La primera, la mía.
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Juan Lackland 28/01/25 21:03
Ha respondido al tema Nuda Propiedad de participaciones
La verdad es que no controlo ese tipo de sociedades.De todas formas, la norma general es que la ganancia es la diferencia entre el valor de transmisión y el de adquisición. Si a ti no te cuesta nada la consolidación del pleno dominio, tendrás que tributar por la diferencia 120-90= 30.
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Juan Lackland 28/01/25 13:09
Ha respondido al tema Derrama despúes de Arras
No creo que sea motivo de anulación. No estando firmada la escritura, en principio la derrama debe ser pagada por el vendedor.
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Juan Lackland 27/01/25 10:01
Ha respondido al tema Nuevo en la comunidad de vecinos
La comunidad de propietarios no es autoridad pública y por tanto no puede sancionar los incumplimientos salvo en los casos que expresamente contempla la ley. Que el presidente no acuda a las juntas, no es sancionable porque la ley no lo tiene previsto. Cuestión distinta es que la comunidad, por acuerdo en junta, os ponga una demanda por dejación de funciones y os pida una indemnización en el caso de hacerse producido algún perjuicio.Dejando al margen las cuestiones legales, personalmente creo que no es correcto el incumplimiento de las normas (haya o no sanción) porque eso conduce casi siempre a una comunidad sin ley y con conflictos permanentes. Crear mal ambiente es muy fácil, reconducir las cosas hacia el buen ambiente es dificilísimo.
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Juan Lackland 26/01/25 14:42
Ha respondido al tema Nuevo en la comunidad de vecinos
Sí, el cargo de presidente es obligatorio. El nombramiento puede ser por elección, por turno rotatorio o por sorteo. Si Vd. dice que el año que viene le toca será porque es por turno rotatorio, en cuyo caso no lo decide la comunidad sino el turno. Cuestión distinta es que ese nombramiento se apruebe por la junta, aunque la decisión sea del turno.Los copropietarios no tienen  obligación ninguna de acudir a las juntas. Se trata de un derecho, no un deber. Pero todos quedan vinculados por los acuerdos que se tomen.Si le nombran a Vd. presidente tiene obligación de acudir a las juntas. La ley no prevé ninguna pena por su incumplimiento, no todas las obligaciones de esta vida tienen una pena por incumplimiento.
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