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Participaciones del usuario Bacalo - Fiscalidad

Bacalo 12/06/24 17:51
Ha respondido al tema Piso sin alquilar
a ver, si tienes la casas vacía, lo que estás es soportando esos gastos de comunidad, seguro, IBI, mantenimiento porque los aparatos se estropean aunque no los uses....si la alquilas, algo de dinero queda limpio aunque una parte se vaya en pagar el IRPF.Pero están las molestias de que algún trabajo lleva conseguir alquilarlo, aunque sea a través de una agencia,  y están los posibles problemas de desperfectos o impagos si te salen inquilinos malos.Y ten en cuenta que para vivienda habitual el plazo mínimo de alquiler son 5 años; para periodos cortos, tendría que ser un alquiler a estudiantes, o como piso turístico.
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Bacalo 12/06/24 13:05
Ha respondido al tema Piso sin alquilar
si alquilas un mes al año por ejemplo, solo puedes restar la comunidad de vecinos de ese mes, 1/12 del IBI anual  o del seguro de la vivienda anual,etc. Es decir, los gastos se restan proporcionalmente al tiempo que ha estado alquilado. Y el resto del tiempo, sigue generando renta imputada.
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Bacalo 12/06/24 10:53
Ha respondido al tema Pension de viudedad - Seguridad Social
entonces estabas preguntando por un tema diferente.Recibes el subsidio de 52 años, luego cumples las condiciones para acceder a la pensión de jubilacion -entre otras, haber cotizado 15 años-.Para la pensión de viudedad, ese requisito de 15 años es suficiente.https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/44539/45659/45660   | Será necesario acreditar un período de cotización, que variará según la situación laboral del fallecido y de la causa que determina la muerte: En alta o situación asimilada al alta, 500 días dentro de un período ininterrumpido de 5 años inmediatamente anteriores al fallecimiento o 15 años a lo largo de toda la vida laboral. En no alta: 15 años a lo largo de toda la vida laboral. Lo que pasa es que las cotizaciones del subsidio no cuentan para computar el tiempo de cotización, como indicas, al no cubrir la contingencia de viudedad, salvo que hayas suscrito el convenio especial que lo cubra.https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/FAQ?view=FAQs_detalle_tema&temaPregunta=Viudedad,%20orfandad%20y%20favor%20familiar&selectedCnt=0511a766-b3b8-4b90-ac8d-43adf4d067e5 Tampoco, se computarán las cotizaciones efectuadas por el SEPE, durante el percibo del subsidio para mayores de 52 años, ya que únicamente cotizan para jubilación. Sí serían computables dichas cotizaciones si el causante fallecido, durante dicha percepción, hubiera suscrito un convenio especial de cotización para cubrir el resto de las prestaciones. 
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Bacalo 12/06/24 08:58
Ha respondido al tema Pension de viudedad - Seguridad Social
el SEPE te lo cuenta en su página, de entrada hay que comunicárselo:https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/FAQS/incompatibilidad-causas-suspension-extincion-derecho/subsidio-desempleo-pension-viudedad.htmlDado que el subsidio está condicionado a que no haya otras rentas que superen el 75% del SMI, la pensión de viudedad entra en la suma de esas otras rentas, por lo que podría hacer que se pierda el subsidio, haya que renunciar al complemento a mínimos de la pensión si se tiene derecho para que quede por debajo del 75% a lo mejor,etc.
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Bacalo 12/06/24 08:54
Ha respondido al tema Derechos de suscripción preferentes de acciones expirados
si no te aparece nada en el extracto, no creo que te vayan a dar mucha más información en el broker. Más bien sería recopilar la información del folleto de la ampliación de capital de esa empresa donde describirá las características de fechas, pérdida de valor de los derechos una vez pasado el plazo...
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Bacalo 12/06/24 08:51
Ha respondido al tema Herencia y pensión con complemento a mínimos
Para el complemento a mínimos, Seguridad social chequea los rendimientos que se incluyen en el IRPF y que Hacienda le comunica.En este caso, lo que cuenta es la  ganancia/pérdida por la diferencia entre el valor de transmisión (venta) de esos inmuebles y el que declararon en la herencia del fallecido,  no el importe bruto que tu madre reciba.Si lo han hecho medianamente bien, habrán puesto en la herencia un valor próximo al de mercado, o en cualquier caso, los valores mínimos actuales a los que obliga Hacienda (valor de referencia) no suelen andar muy lejos del real.Así que dividiendo esa ganancia entre 11 personas, no creo que tu madre tenga una ganancia muy grande, y si se pasara del tope (  8.942,00 euros/año en 2024. ) le reclamarían a lo sumo que devuelva el complemento de este año en 2026 cuando revisen las declaraciones de 2024 que se presentan en 2025, y se lo seguirán pagando como hasta ahora sin tener que hacer nada.Así que echa cuentas si puedes acceder a los datos (impuesto de Sucesiones que tu madre habrá pagado, acuerdo con el comprador), de cuál sería esa ganancia.
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Bacalo 11/06/24 19:07
Ha respondido al tema Jubilacion u otras prestaciones mujer
lo de los 270 días por hijo no sirve para   para completar las cotizaciones que se exigen como mínimo para acceder a la jubilación (los 15 años)Vale para el cálculo de la cuantía y la edad legal de acceso a la pensión. Además se computan si dejaste de trabajar  dentro de los 9 meses anteriores al nacimiento del hijo o en los siguientes 6 años, a contar desde dicho nacimiento.   Respecto a ponerte como autónoma, el tema es que si lo haces solo para cotizar sin realizar ninguna actividad real por la que vayas presentando facturación,  te pueden decir que es un fraude de ley y negarte la pensión. Otras alternativas pueden ser alta como trabajadora del hogar con alguna familia conocida, o si tienes alguna persona cercana dependiente, con el convenio especial de  cuidadora no profesional que lo paga el Estado.
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Bacalo 11/06/24 18:49
Ha respondido al tema Derechos de suscripción preferentes de acciones expirados
hay un apartado en el IRPF " Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de derechos de suscripción " Imagino que tendrás que guardar pruebas de que esos derechos te los cancelaron sin haber recibido nada -extracto de movimientos de tu cuenta de valores,  donde se vea la baja de esos derechos, o al menos que no te han abonado nada, el documento de la empresa donde se describe las condiciones de la ampliación...-.
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Bacalo 11/06/24 17:50
Ha respondido al tema Aumento de desgravaciones por superar el 66% de discapacidad
como te indican, el mínimo por discapacidad aumenta bastante, de 3.000 a 12.000 euros. Tendría que pedir no solo la rectificación de 2023, también la de 2022 ya que se tiene en cuenta la situación a 31 de diciembre de cada año.En responderte pueden tardar varios meses; en una rectificación de la declaración de mi padre han tardado casi 10 meses, cada vez va a peor.
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Bacalo 11/06/24 15:08
Ha respondido al tema Reintegro Pensión de Viudedad
la resolución que has subido no aporta mucho, solo confirma lo que comentaste de que le reclaman que devuelva toda la pensión.Tendrías que enterarte de las circunstancias laborales del abuelo que generó la pensión (cuándo trabajó, si fue de  autónomo,etc).El único caso extremo que se me ocurre para que la base reguladora sea 0 es que -al abuelo le despidieran joven (pongamos con 40-45 años), -que en ese momento ya había trabajado los 15 años mínimos para cobrar pensión,  y la mayor parte habían sido como autónomo,-y a partir de entonces estuvo apuntado al desempleo sin cobrar subsidio; entonces, al llegar a la edad de jubilación, tiene derecho por haber trabajado 15 años, haber cotizado 2 años antes de agotar el desempleo, pero como para calcular la base reguladora te toman los años anteriores a la edad de jubilación, entonces serían 0 las bases porque no había cotizado nada esos años y por el régimen de autónomos no te cubren las lagunas de cotización con la base mínima o la mitad de esta.Es que si hubiera cotizado realmente algún año en los anteriores a jubilarse, la base reguladora sería unos pocos euros como mínimo, no cero....En estas circunstancias, a esta persona seguramente le interese deshacerse del local, salvo que el alquiler sea muy elevado, porque van a estar quitándole la pensión todos los años -incluso creo que directamente cuando se repite este escenario varios años, Seguridad Social avisa de que deja de pagar el complemento antes de empezar el año-
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