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Participaciones del usuario Bacalo - Fiscalidad

Bacalo 14/01/26 10:08
Ha respondido al tema Complemento a mínimos y venta de piso.
deben de estar haciendo campaña con este tema, a un familiar cercano les han enviado exactamente la misma carta: le retiran el complemento porque lleva varios años pasándose por ingresos de alquiler. Otra forma de recaudar más, como dices, es probable que ahora mismo hay gente que se ha pasado años anteriores cuando podías obtener un 3 y pico por ciento por letras del Tesoro y ahora están al 2%. Sin embargo, por ejemplo, al ministro de no-Transporte, que disfruta un ático de lujo pagado por el contribuyente cuya reforma ha costado 1 milloncejo, no le retiran el complemento adicional de 2.000 euros mensuales exentos de IRPF para que se pague ...!!una casa en Madrid!! porque además es diputado y lo mismo a la propia ministra de Hacienda Mª Jesús, e imagino que Yoli estará igual, así se puede pagar la cena de Nochevieja en el hotel de 5*. Luego se quejan del crecimiento del "fascismo".Seguridad Social recibe la información de la Agencia Tributaria: tantos ingresos de rendimientos del capital mobiliario, tantos de capital inmobiliario, y tanto de ganancias patrimoniales. No conoce el desglose ni hace estimaciones de si pueden variar, esa prueba corresponde al ciudadane.si los ingresos han disminuido, entiendo que se puede alegar para que se mantenga el complemento, o volver a solicitarlo cuando se prevea que no se van a superar. Por ejemplo, puedes alegar según lo expuesto que se tienen 300.000 euros que años anteriores generaron 9.000 euros de intereses, y ahora solo serán 6.000.
Bacalo 11/01/26 17:04
Ha respondido al tema Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta
Parece que quien genera el derecho eres tú, ya que tienes una discapacidad y tus ingresos sujetos al IRPF probablemente no superen los 8.000 € netos al tener la pensión exenta. Tú cónyuge, como cobra pensión, puede ejercer ese derecho.En el otro sentido, si tú cónyuge cobraba una pensión contributiva no exenta, probablemente tuviese más de 8000 € de ingresos netos y no hubiera derecho.Por tanto, imagino que te abonarán los años no prescritos.Para 2025, efectivamente tienes que presentar declaraciones individuales (imagino que estabas presentando conjunta al estar tú pensión exenta), pero al haber fallecido uno de los cónyuges no dejan conjunta.Si lo que cobró tu cónyuge hasta el fallecimiento no supera los s 8000 netos (10.000 brutos) puedes pedir en tu declaración la deducción por él, creo que hasta el mes anterior al fallecimiento, 100€/mes, y si presentas su declaración, lo mismo, la pides en su declaración por ti por esos meses y la presentas como heredero,
Bacalo 29/12/25 15:36
Ha respondido al tema Complemento a Minimos y vivienda a disposición
en las rentas imputadas el neto coincide con el bruto, no se puede restar gasto alguno; cuando se restan gastos de la renta bruta es en los alquileres, que puedes restar la comunidad de vecinos, el seguro, el IBI y otros gastos, llegando a un rendimiento neto que es menor que el bruto.Por tanto, tienes que tomar esa renta imputada tal cual para el límite de rentas en el complemento a mínimos.
Bacalo 29/12/25 15:30
Ha respondido al tema Deduccion en el IRPF del alta en el convenio especial por practicas
Dile a chatGPT que te escriba una certificación de haber realizado las prácticas, dándole los datos que puedas (periodos, identificación tuya, de la empresa). Si le dices que el certificado cumpla los requisitos para el convenio especial, copiando lo que viene abajo, que es la información oficial, seguro que te lo afinas más, y si no, cambias a mano la razón por la que se emite el certificado:https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/Afiliacion/10547/0c7ac9e0-e56c-4ec9-b51a-e6570c3243b3/requisitos?changeLanguage=es#DOC En el supuesto de prácticas remuneradas, en la certificación deberán constar los periodos en que aquellas se realizaron, con indicación expresa de las fechas de inicio y fin de cada periodo.En este supuesto, la certificación también podrá ser expedida por las empresas o entidades en que se hubieran realizado las prácticas remuneradas, de haberles correspondido financiar la formación, o por las entidades que la hubieran financiado, de ser distintas.En el supuesto de prácticas no remuneradas, en la certificación se deberán indicar las fechas de inicio y fin de su periodo de duración o, en su defecto, las fechas de inicio y fin del cuatrimestre en el que se hayan cursado las prácticas y, de no comprender las prácticas realizadas la totalidad de los días de dicho período, el número de días en los que se hayan realizado prácticas en cada período. En este último supuesto, en la certificación se podrá sustituir el número de días de prácticas correspondiente a cada período por el número de horas de prácticas computables a estos efectos, correspondientes a los créditos asignados a la correspondiente asignatura. En este último caso, cada 8 horas de prácticas se considerará, a estos efectos, un día completo, computándose la fracción de día que pudiera resultar como un día más.En ambos supuestos, la certificación deberá ser emitida expresamente a los efectos de la suscripción de este convenio especial. 
Bacalo 29/12/25 15:24
Ha respondido al tema Ingreso de alquiler de vivienda y complemento de minimos
según lo comentado en este hilo, si los rendimientos netos que le genere el alquiler (ingreso bruto -gastos de comunidad de vecinos, IBI, basuras, seguro de la casa ,3% de amortización,etc) , sumando además otros ingresos que tenga de intereses bancarios por ejemplo,supera el máximo de ingresos distintos de la pensión, entonces le empiezan a recortar el complemento. Ese límite de ingresos distintos de la pensión creo que queda en 9.442 euros anuales para 2026.
Bacalo 17/12/25 18:07
Ha respondido al tema “Gastos” que cobra el bróker
las comisiones por cobro de dividendos se restan en el mismo año en el apartado que existe del IRPF dentro de rendimientos del capital mobiliario, como gastos de administración y custodia de valores, añadidos a cualquier comisión de custodia trimestral/semestral/anual que te puedan cargar y que también van en ese apartado.
Bacalo 17/12/25 13:42
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Piensa que no devuelven todo lo retenido, y que el tipo de retención es común para todas las comunidades autónomas y luego hay casos como Madrid donde bajan el tipo autonómico, los mínimos por hijo, etc los aumentan.... diría por ello que por ejemplo en Madrid a la mayoría le sale a devolver 
Bacalo 17/12/25 11:06
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Con las declaraciones del IRPF  al menos han aportado información de cuántas están pendientes de devolución, con esto se les debe de caer la cara de vergüenza y no se sabe nada...https://www.expansion.com/economia/2025/12/15/693c31cee5fdea5f288b45a3.htmlMás de 640.000 devoluciones de Renta siguen pendientes de resolver antes de fin de año
Bacalo 12/12/25 17:25
Ha respondido al tema Devolución bonificación traspaso plan pensiones. Tratamiento IRPF
este caso ha sido respondido por la DGT en una consulta vinculante, debes declarar un rendimiento del capital mobiliario (negativo) en la declaración del ejercicio 2025:https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V2167-18 en el año 2017, como consecuencia de haber incumplido el plazo de permanencia al que estaba condicionada dicha bonificación, por traspasar nuevamente el plan de pensiones a otro banco, el consultante ha sufrido una penalización (se supone que habrá tenido que satisfacer o soportar un cargo en cuenta) de un importe igual a la bonificación neta percibida. Pues bien, la cuantía negativa que comporta para el consultante este último importe podrá incluirse en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del año 2017 como rendimiento del capital mobiliario. 
Bacalo 11/12/25 10:44
Ha respondido al tema Renuncia herencia hermano y sucesión
Los herederos no forzosos, caso de hermanos o sobrinos, no son responsables de las deudas del fallecido, salvo que acepten la herencia. La única salvedad es que la aceptación puede ser tácita, por disponer de algunos de los bienes del fallecido (por ejemplo, sacar después del fallecimiento dinero de una cuenta a la que se tiene acceso, usar su coche), a lo mejor el notario se refiere a evitar que a alguno os agarren por este lado con la renuncia expresa