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Participaciones del usuario Bacalo - Fiscalidad

Bacalo 15/06/24 09:44
Ha respondido al tema Asalariado - Coche de empresa - Uso mixto
ten en cuenta que lo que cobran las empresas de renting/leasing o las propias aseguradoras, depende de los kilómetros que calculen se va a rodar con el coche. Cuanto más prevean se va a usar, más mantenimiento, averías y probabilidad de accidentes.No es lo mismo un renting a un Cabify, que puede estar rodando 16 horas al día, que a un ejecutivo de una empresa. Y no es lo mismo un seguro para uso particular que para un taxi; yo tuve un familiar con taxi y pagaba al trimestre por el seguro lo que yo en todo el año...Entonces, si te permitieran con tu coche de empresa trabajar en Uber, Cabify, etc, te puedo asegurar que la cuota mensual sería todavía mucho más elevada por los motivos expuestos.
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Bacalo 15/06/24 09:39
Ha respondido al tema Compensacion rentas IRPF y Retribuciones por incapacidad
lo que indicas de la compensación de la pérdida es correcto, con el 25% de los rendimientos del capital mobiliario sobraba para la compensación, así que no queda nada pendiente.Sobre lo que has recibido estando de baja, ten en cuenta que te habrán pagado de acuerdo a la cotización mensual a seguridad social, que incluye la parte prorrateada de las pagas extra; por tanto, luego la empresa te habrá pagado menos en esas pagas, porque una parte la recibiste durante la baja. Por ejemplo, si la paga de Navidad se calcula de julio a diciembre (6 meses) y has estado 3 de baja, la empresa te habrá pagado la mitad de la paga. El resto va por la incapacidad temporal.
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Bacalo 14/06/24 08:12
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
en el caso que expones de un "regalo" se tributa por el impuesto de Donaciones y entonces se toma como valor de adquisición el del impuesto, no vale como comparación. Ahora bien, te doy la razón en que obtener un producto de Amazon Vine del que supongamos un valor 100 y pagas 30 de IRPF, lo vendes por 50 y tengas que tomar valor de adquisición 0 y declarar 50 de ganancia me parece un abuso. cachilipox te lo ha explicado interpretando la ley actual del IRPF, pero hay que tener en cuenta que por encima de esa ley está la  Constitución que indica "sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio" Creo que ya comenté lo que pasó con las apuestas deportivas: antes de 2013, la ley del IRPF decía que solo se tributaban por las ganancias brutas , sin tener en cuenta las pérdidas, porque la ley estaba orientada a los casinos/bingos físicos, donde podías ganar un dinero en una buena apuesta y luego pedir a amigos que te dieran sus tickets de pérdidas. Pero en online está todo muy controlado. Así que en 2013 cambiaron la ley para tributar por las ganancias netas.Aun así, Hacienda reclamó en base a esos artículos del IRPF a la gente que, por ejemplo, había ganado antes de 2013 manos de poker por 100.000 euros y perdido por 110.000, que tributara por 100.000 euros, una ruina. Hubo gente que acudió a los tribunales y consiguió que le dieran la razón en base al artículo citado de la Constitución. Pues imagino que aquí ocurrirá algo parecido; si hay gente que ha obtenido cantidades elevadas vendiendo por Wallapop artículos de Vine y le hacen pagar 2 veces, probablemente alguno acabe en los tribunales y le acaben dando la razón, pero hay que prepararse para un largo pleito y pagar abogados.
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Bacalo 14/06/24 08:03
Ha respondido al tema Asalariado - Coche de empresa - Uso mixto
así es por defecto como dices, Hacienda considera que fuera de las horas de trabajo, es todo uso particular.Si se quiere bajar ese porcentaje, los trabajadores tendrán que discutir con Hacienda con pruebas; lo que indicas de que el vehículo quede depositado en dependencias de la empresa, o por ejemplo, un familiar cercano tuvo un accidente de tráfico en el que otro vehículo impactó por detrás en un atasco de los que se arman los domingos por la tarde en una autovía a la vuelta del fin de semana.El conductor le pidió que pusieran en el parte como fecha el lunes, ya que era un coche de empresa y probablemente el contrato de renting no permitía su uso el fin de semana, de tal manera que hasta podrían reclamarle el coste del accidente. Podría valer aportar ese contrato tal vez para bajar ese porcentaje del 80% quitando fines de semana.
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Bacalo 13/06/24 22:35
Ha respondido al tema Renta: ¿Declarar bono social térmico?
las subvenciones públicas se declaran en el año que se cobran realmente, porque a veces puede tardarse años en recibir el dinero, como ocurre en ayudas gordas para compra de vivienda, restauración de edificios, poner ascensor,  o similares. Esto está escrito en la ley del IRPF. Así que les incluirán en 2024 esa subvención.
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Bacalo 13/06/24 22:27
Ha respondido al tema Asalariado - Coche de empresa - Uso mixto
piensa que estás hablando de unos rendimientos generados en España, por tanto la información fiscal está a disposición de la Agencia Tributaria, y se debería incorporar automáticamente a la declaración, tanto la valoración de rendimiento como el ingreso a cuenta. En cualquier caso, puedes revisar los datos que se hayan volcado en la declaración.No es como lo que indicas de los dividendos en el extranjero, donde la Agencia Tributaria española desconoce cuánto ha retenido la Hacienda holandesa, la de EE.UU o de donde vengan esos dividendos, y entonces esta información hay que introducirla a mano en el apartado de deducción por doble imposición internacional.Sobre la valoración del uso del vehículo, olvídate de lo que paga la empresa por el renting, Hacienda tiene fijada sus normas: 20% anual del coste del vehículo (se supone que precio de catálogo, no con los descuentos que puede conseguir una empresa con una flota gorda) cuando es renting, o ese porcentaje de lo que pagó la empresa si es comprado. Y de la cantidad que así se calcule, normalmente se imputa el 80% mínimo al trabajador, porque Hacienda, barriendo para casa, considera que solo es uso profesional las 40 horas semanales de jornada laboral; el resto hasta 7x24, está a tu servicio, como si lo usaras hasta por la noche para dormir en él. Antes creo que excluían horas nocturnas, ahora no. No sé si alguien lo habrá llevado a tribunales porque parece un abuso.puedes leer artículos bien documentados sobre el tema:https://www.ey.com/es_es/the-cfo-agenda/hacienda-hace-publica-posicion-tratamiento-fiscal-cesion-uso-vehiculos-empleados-uso-mixtohttps://cobee.io/blog/el-coche-de-empresa-renting-retribucion-en-especie/
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Bacalo 13/06/24 19:53
Ha respondido al tema Testamento el uno para el otro y herencia
si no hay herederos forzosos (ascendientes y descendientes), diría que va todo al cónyuge, los hermanos no son herederos forzosos y no hay obligación de dejarles nada. La diferencia es que una casa heredada por un cónyuge es propiedad privativa suya, y por tanto en la herencia el otro cónyuge recibe el 100%, frente al caso de un bien ganancial, en el que el cónyuge superviviente tiene el 50% de propiedad suyo y entonces en la herencia recibe el otro 50%.No sé si en los territorios forales, Cataluña, Aragón o algún otro territorio con peculiaridades propias es distinto.Y entiendo que hablas de que el cónyuge fallecido había heredado la plena propiedad o la nuda propiedad de esa vivienda, porque si fue el usufructo, este se extingue con su fallecimiento y el cónyuge superviviente no tiene ningún derecho.
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Bacalo 13/06/24 19:44
Ha respondido al tema Asalariado - Coche de empresa - Uso mixto
no te calientes mucho la cabeza, es sencillo de entender:en el caso que comentas, el trabajador recibe una remuneración en especie correspondiente al uso del coche en su vida particular.Por las normas de valoración que tiene Hacienda, ese uso se valora en xxx; la empresa está obligada a ingresar una cantidad por ese rendimiento, igual que lo está por el dinero en metálico de la nómina. El dinero de ese "ingreso a cuenta" puede que se lo descuente de la nómina al trabajador, o que lo ponga la empresa, que es lo que parece ocurre en este caso: "ingreso a cuenta a cargo de la empresa" por valor yyyy.Luego en el IRPF debe aparecer xxx+yyy como rendimiento en especie sumado al resto de rendimientos de trabajo, y el ingreso a cuenta se restará al final,como se hace con las retenciones ordinarias, para calcular lo que sale a pagar o a devolver (la cuota líquida). Si el ingreso a cuenta fuera a costa del trabajador, quitándoselo de la nómina, entonces el rendimiento en especie sería solo xxx.
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Bacalo 13/06/24 17:29
Ha respondido al tema Tiempo de Resolución de una rectificación
tomátelo con calma.Presenté una rectificación para mi padre  a principios de julio de 2023 y ha sido resuelta a finales de mayo de 2024 (más de 10 meses). Antes resolvían en 2-3 meses.Si se pasan de plazo, abonan intereses de demora.
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Bacalo 12/06/24 17:56
Ha respondido al tema Obligacion IRPF 2023?
cuidado, lo que pone no es "imputación de rentas inmobiliarias" por un piso a su disposición, sino "atribución de rentas" que puede ser lo típico de que la comunidad de propietarios de un inmueble alquila la vivienda del portero o la azotea para una antena de telefonía.En este caso, sí tendría obligación por superar la suma de ingresos los 1.000 euros, ya que no hay límite específico para rendimientos inmobiliarios; está el de las rentas imputadas de 1.000 euros que creo es al que te referías, pero aquí no aplicaría por lo explicado.Lo que pasa que la cuota será 0 con esos ingresos, pero hay que presentar la declaración.
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