Bacalo
25/09/24 13:22
Ha respondido al tema Pensión completo a minimos
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te hago varios comentarios:-lo que se tiene en cuenta para el complemento a mínimos es la ganancia (diferencia entre precio de transmisión y de adquisición), no el bruto que recibas.-Por otro lado, para que la cantidad recibida por la venta de una vivienda habitual quede exenta por reinversión en otra, creo que solo se admite cuando se tiene el pleno dominio de la vivienda vendida; por tanto, tendrías que reflejar la operación en el IRPF y por ello, Seguridad Social se va a enterar de cara al complemento a mínimos, ya que recibe la información de las declaraciones de Hacienda.Para calcular la ganancia, tendrías que ver cuál es el precio de adquisición del "derecho de habitación" actualizado con las amortizaciones correspondientes, que creo es un poco lioso (depende de si es vitalicio, temporal....), diría que son las mismas reglas que con el usufructo, ya que el derecho de habitación es el 70% del valor del usufructo:https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2022/c11-ganancias-perdidas-patrimoniales/cuadros-usufructo/transmision-usufructo.html