si esos intereses/dividendos siguen en el mismo fondo, no dejas claro cómo se está produciendo la operación, porque te diría que, según como se haga, las consecuencias son distintas:Los fondos de inversión pueden ser de "acumulación" y de "distribución (también llamado reparto)". Un fondo con el mismo nombre que invierte en los mismos activos puede ofrecer ambas modalidades, se suele distinguir por una letra que añaden al nombre o las palabras "Acc" o "Dis"https://www.finect.com/preguntas/3427/como-saber-si-un-fondo-es-acumulativo -Los de acumulación, van comprando más acciones ,o bonos, o lo que sea con los dividendos/intereses de las acciones/bonos que tienen en cartera, pero no distribuyen esos beneficios entre los partícipes, y por tanto NO hay que declararlos en el IRPF. Solo cuando se vendan explícitamente participaciones es cuando hay una ganancia patrimonial. Si estáis en este caso, yo interpreto que el fondo sigue siendo 100% de tu mujer, incluyendo la revalorización, mientras no se vendan participaciones. Es como tener una vivienda, se puede ir revalorizando año a año, pero hasta que no la vendes, no hay ganancia que declarar y que pase a formar parte de esos bienes gananciales.-Ahora, si tienes un fondo de distribución/reparto, en el que bien explícitamente cada vez que recibís unos intereses/dividendos, que hay que declarar a Hacienda, decidís reinvertirlos en participaciones nuevas, o habéis dado una orden de que se haga siempre así, estamos en el caso que hemos hablado: la mitad de los dividendos/intereses pasan a ser tuyos, y entonces serás propietario de un 0,5% por ejemplo con el primer dividendo que decidís reinvertir en más participaciones, y más tarde de un 1%, etcétera.